GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, San Cristóbal, veintiséis de Junio de dos mil seis.-
196º y 147º
En fecha 14 de Junio de 2005, se le dio entrada a la demanda intentada por el ciudadano GLADYS ISABEL AVENDAÑO SANCHEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-11.300.157, asistida por el Abogado Omar Antonio Monsalve Contreras, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 31070 en la que demanda al ciudadano BRICEÑO DUGARTE ALGIMIRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.492.055 en su carácter de conductor del vehículo Nº 1 y al ciudadano BRICEÑO DUGARTE SAUL ENRIQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.995.393 en su carácter de propietario del vehículo Nº 1 por COBRO DE BOLÍVARES PROVENIENTES DE ACCIDENTE DE TRANSITO.-------------------------------------------------------------------------------
En fecha 22 de Junio de 2005, la ciudadana GLADYS ISABEL AVENDAÑO SANCHEZ, confirió poder Apud- Acta al Abogado Omar Antonio Monsalve Contreras.----------------------------------------------------------------------------------
Por cuanto el Tribunal observa que desde la última actuación ha transcurrido más de un año sin haberse efectuado ninguna actuación en el presente juicio, se declara la perención de la Instancia, de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que rige: ----------------------------------------
“ Toda Instancia se extingue por el transcurso de un año, sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes”
Por tales razones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA y en consecuencia EXTINGUIDO el presente proceso.------------------------------------------------------
REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ TITULAR
Iraly Jocelyn Urribarri Díaz
Secretaria Temporal
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