Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, San Cristóbal, doce de Junio de dos mil seis.
196º y 147º
Vista la diligencia de fecha 22 de Mayo de 2006, suscrita por la Abogado YOLANDA CHACON DE RANGEL, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 26.134, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de los HEREDEROS DEL CUJUS FILEMÓN ANGULO GUTIERREZ y en nombre y representación de la ciudadana LUDDY SOCORRO CÁCERES DE ANGULO, en la cual informa al Tribunal que recibió de la parte demandada, ciudadanos JOSE GUILLERMO MARIN CASANOVA, titular de la cédula de identidad N° V-3.793.405 y SUSANA ROMERO ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad N° V-5.659.288, un Cheque de Gerencia N° 02915771, del Banco Occidental de Descuento por la cantidad de Diez Millones de Bolívares (Bs. 10.000.000,00), y estando conforme con dicho pago la parte demandante. Por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal da por consumado el acto, se le imparte la HOMOLOGACIÓN de Ley, se acuerda Proceder como en Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, se levantan las Medidas de Prohibición de Enajenar y Gravar y de Embargo Ejecutivo decretadas, Ofíciese lo conducente al Registrados Inmobiliario del Segundo Circuito del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, se declara terminado el presente Juicio. Hecho lo cual archívese el expediente.



REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ

IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ
SECRETARIA

En la misma fecha se libro oficio al Registro Inmobiliario Jurisdiccional bajo el N° 0860-858.

IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ
SECRETARIA


Elena