REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, jueves veinte de Julio de dos mil seis.-
196° y 147°
Vista la diligencia de fecha 6 de Julio de 2006, que corre inserta al folio 12, a través de la cual la abogada María Andreina Orta de Celis, apoderada de la parte actora identificada en autos y la ciudadana Carmen Teresa Contreras de Urbina, codemandada, identificada en autos, asistida por el abogado Roberto La Rosa, identificado en autos; realizan una transacción y solicitan al Tribunal se abstenga de archivar el expediente hasta que se verifique la entrega del inmueble solvente y en perfectas condiciones por la parte demandada. E igualmente vista la diligencia de fecha 18 de Julio de 2006, que aparece inserta al folio 13, suscrita por el codemandado Ramón Isidro Contreras Roa, identificado en autos, asistido por el abogado Guillermo Enrique Guerrero Tua, identificado en autos, según la cual manifiesta su total conformidad con la transacción realizada entre la codemandada Carmen Teresa Contreras de Urbina y la apoderada actora. Y por cuanto tales actuaciones no son contrarias a derecho y versan sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su homologación de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, con el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En consecuencia, se da por terminado el juicio y no se archiva el expediente mientras no conste en autos el cumplimiento de la obligación. Déjese copia certificada del presente auto.-
La Juez Provisorio,


Abg. Roraima Solange Méndez de M.-
El Secretario,

Abg. Jesús Alberto Monsalve.-