REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL IV DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA.
197° y 146°

San Cristóbal, 28 de Julio de 2006


ASUNTO PRINCIPAL: 4C-7296/06

AUTO PARA DECLINAR COMPETENCIA

Visto el escrito presentado por la abogada Liliana Montaruli Peña, en su condición de Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, en la causa penal inventariada por este Tribunal bajo el numero 4C-7296-06, y distinguida con el numero de investigación criminal numero 20-F3-0654-06, por parte de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante el cual se informa que en fecha 20 de Julio de 2006, dicha Representación Fiscal, asistió a una Audiencia Oral de Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, conforme a lo estipulado en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por ante este Tribunal, en la causa seguida en contra del ciudadano CORREA ROSO PEDRO ANTONIO, por la comisión del delito de VIOLACION, previsto y sancionado en el artículo 374 ordinal 4° del Código Penal, hecho este ocurrido en la FINCA AGROPECUARIA SUBIDA, ubicada en la Ceiba, Estado Apure; es por lo que solicita, conforme a lo estipulado en el artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal, la Declinatoria de Competencia, ya que los hechos ocurrieron en el Estado Apure, asimismo, solicita se ordene el traslado del prenombrado imputado al Centro Penitenciario Correspondiente, en consecuencia, este Tribunal para decidir observa:

En fecha 14 de julio de 2006, se hizo presente en el Cuerpo de Investigaciones Científica Penales y Criminalísticas, la ciudadana Luz Dary Ortiz Fonseca quien interpuso denuncia en los siguientes términos: “Bueno yo ayer jueves 13 de julio de 2006, me fui a la Ceiba desde las cuatro de la tarde y llegué a la Finca la Agropecuaria subida, ubicada en la Ceiba Estado Apure, a supervisar la finca de mi padrino Antonio Fernández Subida, quien se encontraba en Europa y yo estoy encargada de la finca y me acosté a dormir como a las once de la noche, y allá estaba el personal obrero, yo me instale en la finca y me acosté a dormir como a las once de la noche en la habitación del medio donde hay una cama matrimonial y es el cuarto donde siempre me he quedado el cual tiene puerta de madera, ventana, me acosté sola pero la puerta del cuarto no la cerré porque se cierra es la puerta principal de la finca y ya dormida, sería como la una y media de la madrugada ya del día de hoy viernes 14-07-2006, estaba durmiendo y escuche ruido y me desperté y de repente cuando veo es a un tipo encapuchado y brinco a la cama y a lo que yo voy a gritar a pedir auxilio me tapo la boca y me dominó, me rompió con un trapo la cara y eso fue porque rompió la funda y con esa misma tela me amarró las manos hacia atrás y la boca también me la tapó con esa misma tela y me quitó el short de color beige, pantaletas gris con franjas de color rojo y blanco, marca caricia, talla L, ya usada, la blusa no me la quitó, ni los sostenes, pero me agarraba los senos y me los sobaba por encima de la ropa, después que me quitó la ropa, me agarró y me introdujo el pene en la vagina y eyaculo de una vez, sería como a los cinco segundos, después me soltó las manos pero me amarró hacia las manos de extremo a extremo de la cama de madera y me quería obligar de esa forma, buscando la posición de hacerme sexo por detrás y yo como podía, tirándole patadas me negué y le hablaba casi ahogándome con el trapo que me puso para taparme la boca, de que me soltara y no me soltó y tampoco logró hacerme nada por detrás, él lo intentó pero yo no me deje porque le tiraba patadas, el amarre hacia la cama fue de frente a la cama y dándole la espalda a él por encima de la cama y el buscaba la manera de acomodarse con las almohadas para poder penetrarme por el ano y no me deje para nada, después el me arropó con una cobija de lana,… se salió del cuarto y dio una vuelta por fuera hacer no se, porque todo estaba oscuro hasta el cuarto donde yo estaba, pero él cargaba una linterna, duró por fuera como quince minutos y yo seguía amarrada, después entró otra vez al cuarto y volvió hacerme sexo por la vagina, pero antes me soltó de una mano o brazo izquierdo para poderme voltear, me penetró por la vagina no eyaculo, luego volvió y me amarró como estaba y me puso el short sin la pantaleta y antes de eso con la pantaleta mía me limpió la vagina, me arropo y me dijo que me durmiera no me soltó, me dejó amarrada y se fue para afuera yo oía ruido, mientras yo trataba de soltarme sola y como a la media hora no oí mas ruido, y me logré soltar como a los cuarenta y cinco minutos, me quedé tranquila en la cama y me daba miedo volver a escuchar bulla, y que ese tipo estuviera por allí, como yo tenía mi celular llamé por teléfono al encargado de la finca señor Freddy Segovia, y le dije que había alguien dentro de la finca y el me decía que prendiera la luz y yo nerviosa le decía que tenía miedo, y me decía que era la manera de que la persona se fuera del lugar, y me dijo que saliera por la ventana del cuarto que tiene acceso al pasillo, y lo hice así, él hizo un disparo al aire y yo ya había salido del cuarto y salí hacía el balcón y me salí por ahí y los empleados se despertaron y yo les comenté lo que había pasado y ellos se pusieron a buscar por la finca y no consiguieron a nadie, después esperé que amaneciera y me vine para acá a denunciar. …sospecho de uno de los empleados que se llama Pedro Correa, de 19 años de edad, de contextura regular, de piel trigueña, quemado por el sol, de pelo corto, color castaño, de ojos verdes, cara finita, yo sospecho de él por el cuerpo y la forma de la pulsera que tiene puesta en la mano derecha, porque en el momento en que me soltó la mano para poderme hacer el sexo nuevamente por delante yo le agarre la muñeca donde tenía la pulsera y se la sentí elástica no se el color por lo oscuro que estaba, pero sentí un material como de goma y yo esta mañana le vi una pulsera negra de goma, también por el cuerpo de la persona que me violó que es delgadito y yo alcance a verle la parte del pecho por que el me alumbró con una linterna, la piel es lisa y dura, él hace como dos años me estuvo molestando de tener un romance conmigo pero yo no lo acepté y jamás me molestó más y no se realmente si fue él o no, allá ningún obrero me ha faltado el respeto y ellos son como ocho obreros y el único con esas características es él.

CONSIDERACIONES DEL TRIBUNAL

Tomando en consideración el principio universal “FORUM DELICTIS COMISIONIS”, que prela como criterio delimitador para la Jurisdicción y la competencia por el territorio, aunado a lo que señala el primer aparte del articulo 57 del Código Orgánico Procesal Penal, que textualmente cita: “La competencia territorial de los Tribunales se determina por el lugar donde el delito o falta se haya consumado.”; y en virtud de ser el delito de Violación, endilgado por el Ministerio Público al ciudadano Pedro Antonio Correa Roso, un tipo Penal de consumación material, a la que se adecua perfectamente la situación de hecho Punible conocida, y habiendo sido ejecutado en la Finca Agropecuaria Subida, la cual se encuentra ubicada en LA CEIBA, ESTADO APURE, son las razones por las cuales, esta Juzgadora considera procedente la solicitud de Declinatoria de Competencia impetrada por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, en tal razón se Declina la Competencia por el territorio en la Jurisdicción de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en consecuencia, se acuerda el Traslado del ciudadano Pedro Antonio Correa Roso del Centro Penitenciario de Occidente al Internado Judicial de San Fernando, Estado Apure. Así se decide

En mérito de lo expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 4 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,

RESUELVE:

PRIMERO: DECLINA LA COMPETENCIA POR EL TERRITORIO EN LA JURISDICCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, conforme a lo pautado en el articulo 61 del Código Orgánico Procesal Penal.

SEGUNDO: Remítase lo actuado, al Tribunal funcionalmente competente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.

TERCERO: SE ORDENA el traslado del ciudadano PEDRO ANTONIO CORREA ROSO, venezolano, natural de Coloncito, Estado Táchira, nacido en fecha 10 de noviembre de 1987, titular de la cédula de identidad Nº V-19.865.714, hijo de Anselmo Correa (f) y Ana Cecilia Roso Moreno, residenciado en la calle 8, Barrio 19 de Abril, casa N° 2-34, Coloncito, Estado Táchira, del Centro Penitenciario de Occidente al Internado Judicial de San Fernando, Estado Apure.

Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Remítase la presente causa al Tribunal Correspondiente.



ABG. IRIS C. CONTRERAS DE AGUILAR
JUEZ CUARTO DE CONTROL




ABG. JOSÉ MANUEL SANDOVAL LABRADOR
SECRETARIO