REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GARCIA DE HERVÍA, PANAMERICANO, SAMUEL DARIO MALDONADO Y SIMÓN RODRIGUEZ

Siendo las nueve y treinta horas de la mañana (9:30 am) del día de hoy martes, veinticinco /25) de julio de dos mil seis(2006), en horas de despacho, se traslado este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios García de Hevia, Panamericano, Samuel Darío Maldonado y Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, conforme al auto inmediatamente anterior y se constituyo en un inmueble denominado Finca “ La Palma”, ubicada en la población de Caño Amarillo, Parte Alta, Vía los Caños, Municipio Samuel Darío Maldonado del Estado Táchira lugar que señalo la ciudadana RUDY ISABELIA ESCALANTE CARRERO, titular de la cedula de identidad N°: V-13.977.632, parte demandada en la presente causa, debidamente asistida por el profesional del derecho ciudadano CARLOS FUENTES, titular de la cedula de identidad N°: V- 5.367.997, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado Bajo el N°: 48.292, todo con el fin de dar cumplimiento a la comisión de Medida Innominada Decretada en el Expediente N°: 6482-2006; comisión conferida por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. En este estado el Ciudadano Juez Ejecutor Abg. Rafael M. Nieto R., procedió a realizar el correspondiente llamamiento a las puertas del inmueble en el cual se encuentran constituido, hecho lo cual se constato que en el mismo no se encuentra persona alguna, en consecuencia el Juzgado ordena librar CARTEL DE NOTIFICACION al ciudadano DANIEL CONTRERAS, titular de la cedula de identidad N°: V-5.731.540, en su condición de Depositario Judicial de los Semovientes secuestrados por este Juzgado Ejecutor y a cualquier otra persona que tenga interés en el presente Juicio, a los fines de que se den por NOTIFICADOS a la practica de la medida Innominada Decretada por el Juzgado Comitente. En este estado la ciudadana RUDY ISBELIA ESCALANTE CARRERO, Supra Identificada, asistida para este acto por el Abogado CARLOS FUENTES, ya identificado, solicito el derecho de palabra y concedido como le fue expuso:” Por cuanto los semovientes secuestrados por este Juzgado Ejecutor de Medidas el día 26-04-2006, entregados al ciudadano DANIEL CONTRERAS, ya identificados en calidad de deposito judicial, se encuentran en la finca “EL GUAYABAL” , ubicada en la población de caño amarillo. Municipio Samuel Darío Maldonado, parte alta Estado Táchira, es por lo que le solicito muy respetuosamente al ciudadano Juez sean trasladados a la finca “ LA PALMA”, conforme a lo ordenado por el Juzgado comitente, a los fines de que se proceda a su inventario y sean entregados al Depositario Judicial que este Juzgado Ejecutor designe. Es todo. En este estado hizo acto de presencia la ciudadana MARIA ANTONIA CONTRERAS, titular de la cedula de identidad N°: V- 9.021.566, en su condición de hermana del ciudadano DANIEL CONTRERAS, ya identificado, depositario judicial, a quien el ciudadano Juez procedió a notificar de la misión a cumplir. En cuanto a lo solicitado por la ciudadana RUDY ISBELIA ESCALANTE CARRERO, Supra identificada y asistida de Abogado, este Juzgado la acuerda en conformidad, en consecuencia este Juzgado ordena el traslado de los semovientes secuestrados de la finca El Guayabal a la Finca La Palma, previo inventario siguiente: 1.- Dos (02) toros reproductores. 2.- Treinta y una vacas escoteras (31). 3.- Ocho (08) novillas. 4.- Diez (10) becerros. 5.- Doce (12) becerras. En este estado solicito el derecho de palabra nuevamente la ciudadana RUDY ISBELIA ESCALANTE CARRERO, Supra identificada, debidamente asistida por el Abogado CARLOS FUENTES, plenamente identificado en autos y concedido como le fue expuso:” Solicito muy respetuosamente al ciudadano Juez se traslade a la finca El Cacao, ubicada en la parte alta de la población de Caño Amarillo del estado Táchira, a fin de dejar constancia de los semovientes que se encuentran en la misma y previo su inventario sean trasladados a la finca “La Palma”, conforme a lo ordenado el Juzgado comitente. Es todo.” Este Juzgado vista la solicitud efectuada por la ciudadana RUDY ISBELIA ESCALANTE CARRERO asistida de Abogado la acuerda en conformidad en consecuencia seguidamente el Juzgado se traslado y constituyo en la finca “El Cacao”, ubicada en la población de Caño Amarillo, parte alta del Municipio Samuel Darío Maldonado del estado Táchira, a los fines de proceder a realizar el inventario de los semovientes secuestrados por este Juzgado el día 26 de abril de 2006 y hecho lo cual sean trasladados a la Fina “La Palma” conforme a lo ordenado en la presente Comisión por el Juzgado Comitente. Seguidamente previo el conteo de los semovientes se encontraron los siguientes: 1.- Siete (07) vacas con sus crías. 2.- Dos (02) cavas con sus crías. 3.- Cuatro (04) Mautes. 4.- Tres (03) Mautas. 5.- Cuarenta y dos (42) novillas. 6.- Una (01) becerra. 7.- Un (01) becerro. Los cuales al ser cotejados con las actas de secuestro que rielan en autos referente a la Finca “el Cacao” y “Nueva Ola” son los mismos a excepción de que existen dos (02) becerros de mas. 8.- Cinco vacas escoteras. Seguidamente la ciudadana RUDY ISBELIA ESCALANTE CARRERO, Supra identificada y asistida de Abogado, solicito el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: “ Solicito al ciudadano Juez Proceda a cotejar con las actas de secuestro que rielan en autos referente a los semovientes secuestrados en la finca “La Palma”, los cuales son los inventariados en la primera parte de la presente acta. Es todo. Seguidamente el Juzgado acuerda en conformidad en consecuencia se procede a realizar el cotejo. El cual da los siguientes resultados: 1.- Falta una (01) vaca. 2.- Faltan siete (07) novillas. 3.- Existen tres (03) becerros de mas y cinco (05) becerras de mas. Este Juzgado Ejecutor de Medidas dando cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado de la Causa, procede a designar como depositario judicial al ciudadano: JOSÉ ALBERTO GÓMEZ MEDINA, titular de la cedula de identidad N° v-13.142.802, domiciliado en el Sector Caño Amarillo, Parte Alta, casa sin Numero, Municipio Samuel Darío Maldonado del Estado Táchira, domicilio que consta conforme a documento suscrito por el Delegado de la Parroquia Bocono, el cual se anexa a la presente acta en un folio útil, el mismo manifestó no tener ningún parentesco de consanguinidad ni de afinidad con las partes haciéndole el Juez las observaciones inherentes a su cargo y las ordenadas por el Juez de la Causa, el ciudadano : JOSÉ ALBERTO GÓMEZ MEDINA, ya identificado manifiesta aceptar el cargo, presto juramento de Ley y declara cumplir fielmente sus obligaciones, quien recibe en este acto los semovientes aquí inventariados, los cuales se encuentran en la Finca “La Palma”. El Juzgado deja constancia que el ciudadano DANIEL CONTRERAS, ya identificado, quien fuera depositario judicial de los semovientes secuestrados no hizo acto de presencia. Termino, se leyó y conforme se firma. El juzgado regresa a su sede siendo las tres y treinta de la tarde (3:30 pm).-
EL JUEZ EJECUTOR
Abg. Rafael M. Nieto R.

ABOGADO ASISTENTE
Carlos Fuentes

Rudy Isbelia Escalante Carrero

DEPOSITARIO JUDICIAL
José Alberto Gómez Medina

LA NOTIFICADA
(Se nego a Firmar)

LA SECRETARIA
Abg. Trineima Y. Padilla C.-

C-765-2006.-