JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.MICHELENA VEINTICINCO (25) DE JULIO 2006.
196° y 147°
EXP. PROTECCION N° 000-86-2006
Visto el acuerdo contenido en el Acta contentiva de la Conciliación celebrada, por ante la DEFENSORIA DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE MICHELENA, el día VEINTIDOS (22) de JUNIO de 2006 y lograda entre la ciudadana ANA ILDA TAPIAS CASTRO, venezolana, mayor de edad, domiciliada en avenida Perimetral entre calles 5 y 6 N° 5-60 jurisdicción del Municipio Michelena del Estado Táchira, titular de la cédula de identidad N° V-12.756.357 , actuando en su condición de parte demandante, por una parte, y por la otra el ciudadano FRANKLIN BIONNEY DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.103.442, actuando en su condición de parte demandada, en la presente Causa por Obligación Alimentaria, incoada por la primera de los nombrados, en beneficio de su hijo CARLOS LEONARDO DIAZ TAPIAS, de tres (3) años de edad, se compromete el padre a pasarle la suma de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,oo), mensuales los cuales deberán ser depositadas a la cuenta de ahorro de Banfoandes N° 0007-0052-52-0010070381, en cuanto a las cuotas extraordinarias no se pronunciaron las partes en el acto, así como observadas y cumplidas todas las actuaciones ordenadas por ante la DEFENSORIA, con respecto a la solicitud propuesta; al apreciarse de los mismos términos de tal convenimiento logrado, que el mismo no es contrario al orden público, ni a alguna disposición expresa de la Ley, ni pretende vulnerar en modo alguno aspectos esenciales y atinentes al Interés Superior del Niño y del Adolescente, ya que versa además sobre derechos disponibles, aunado al hecho de que el mismo se materializa como un acto de auto-composición procesal de las partes, como mecanismo válido consagrado por nuestra legislación civil, en sustitución de la sentencia de fondo para poner fin a los juicios o procedimientos de cualquier naturaleza; este Juzgado de los Municipios Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, el convenimiento en materia alimentaría, producido entre los ciudadanos ANA ILDA TAPIAS CASTRO Y FRANKLIN BIONNEY DIAZ,en beneficio de su hijo en común CARLOS LEONARDO
DIAZ TAPIAS. Otorgándosele a ésta declarativa el carácter de fuerza ejecutiva. Y así se declara.
Cúmplase con el registro de la presente homologación.
JUEZ TEMPORAL
ABOG. ALICIA KATHERINE CARDENAS Q
EL SECRETARIO TEMPORAL.
ABOG. NUMA JAVIER TORRES ROMERO.
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