REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN, RAFAEL Y URDANETA

En el día de hoy, veinticinco (25) de julio de 2006, siendo las diez y treinta de la mañana, día y hora fijado para que tenga lugar el acto conciliatorio en la presente causa N° 2246-05, presentes los ciudadanos JULIO CESAR LOPEZ ROJAS, titular de la cédula de identidad N° 11.024.130 y RAQUEL THAIS VIVAS DE LOPEZ, titular de la cédula de identidad N° 11.111.784, asistido en este acto por el abogado JOSE A PATIÑO CACERES, titular de la cédula de identidad N° 9.148.853, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 83901. Se da inicio al acto por el ciudadano Juez Temporal. Acto seguido se le concede el derecho de palabra al ciudadano JULIO CESAR LOPEZ ROJAS, quien manifestó: “Que solicita de la señora Raquel Vivas, que ella misma sea la que retire las pensiones de alimento para sus dos (2) hijos, ALBANY JULIANA Y JULIO CESAR LOPEZ VIVAS, desde el mes de agosto de 2005” Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana RAQUEL THAIS VIVAS DE LOPEZ, Quien manifestó:” que esta de acuerdo con lo solicitado por el ciudadano JULIO CESAR LOPEZ ROJAS. Es todo. En virtud de que hubo acuerdo en el presente acto conciliatorio, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA. Es todo se leyó y conformes firman.
EL JUEZ TEMPORAL


ABOG. EDGAR ENRIQUE MORALES RAMIREZ

JULIO CESAR LOPEZ ROJAS

RAQUEL THAIS VIVAS LAGUADO

ABOGADO ASISTENTE

EL SECRETARIO TITULAR

ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ.