REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. La Grita, 11 de Julio del dos Mil Seis

195º y 146º.-

Visto el Convenimiento efectuado en fecha 10-07-2006, entre los Ciudadanos: MORA DUQUE CIRO ARGENIS y RAMÍREZ TORO ALIX IRAICY, con el carácter de padres de los hermanos MORA RAMÍREZ, este Tribunal Homologa el presente acuerdo y acuerda proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el ARTICULO 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Cúmplase con la obligación asumida tal como fue aceptada. Así mismo ordena oficiar al Jefe de Recursos Humanos de la Empresa CADELA, para el descuento respectivo. Cúmplase.

EL JUEZ,

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Dr EDIXON ELBERTO OLANO JAIMES


LA SECRETARIA,
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Abg. GLENIS ROSALES DE ROCHE

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libro oficio N° 403-2001 a lo conducente.

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SECRETARIA

EEOJ/dalia.-