REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLIVAR
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 04 de julio de 2006.
196° y 147°
Vista la transacción suscrita en el cuaderno de medidas, en el expediente N° 1762-2006 de Cumplimiento de Prorroga Legal, inserto al folio 19 vuelto y 20, entre la abogada MARIA EUGENIA AMADO VELANDIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-11.015.067, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 52.876, apoderada judicial del ciudadano LUIS ALBERTO GOMEZ LOMBANA, parte demandante, y el ciudadano OSCAR VALERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-9.351.602 asistido por el abogado JESÚS MARIA RUIZ GÓMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-8.993.140, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 72.283, parte demandada, y por cuanto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles el Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
El Juez,
Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía
La Secretaria,
Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas
Exp: 1762-06
pedro