REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLIVAR

JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 17 de julio de 2006.
196º y 147º
Visto el convenimiento suscrito ante el Consejo de Protección del Niño y Adolescente del Municipio Bolívar, Estado Táchira, en fecha 04 de julio de 2006, inserto al folio dos (2) del expediente N° 1789-06 de obligación alimentaria, por los ciudadanos SIOMARA HERNÁNDEZ PINZON, colombiana, mayor de edad, con cédula de ciudadanía N°CC-68.251.912 y WILLIAM ORLANDO DUARTE HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-21.453.766, a favor de la niña (Se omite el nombre), y por cuánto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al convenimiento conforme a lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a la Fiscalía Trece Especializada para la Protección del Niño y del Adolescente. Ofíciese al Banco de Fomento Regional los Andes a fin de aperturar cuenta de ahorros. Cúmplase.
El Juez,


Abg. Pedro Antonio Gafaro Pernía
La Secretaria,


Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas

En la misma fecha se libro boleta de notificación al Fiscal Trece y se oficio bajo el N° 3130-770.

La Sria.,



Exp N:1789-06
pedro