JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, siete (7) de julio de dos mil seis.

AÑOS: 196° y 147°

Vista la Transacción celebrada en fecha 03 julio del año en curso, entre la demandada, ciudadana MARISOL CÁRDENAS TOVAR, titular de la cédula de identidad N° V- 9.225.140, asistido por el abogado en ejercicio ALFREDO SALAZAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.105; y la abogada MOSELEY VANEGAS BAEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 44.676, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la parte demandante, ciudadana MARÍA ENRIQUETA PENA GEA; esta Juzgadora una vez revisada la mencionada transacción, observando que no es contraria a derecho, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 526 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal.




Abg. ANA LOLA SIERRA
Juez Temporal


Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario

En la misma fecha, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m) se dejó copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal, quedando registrada bajo el “N° 116”, en el “Libro de Registro de Sentencias” llevado por este Juzgado en el presente y año.



Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario

DarcyS.
Exp N° 11.045-06.