REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
SALA DE JUICIO


EXPEDIENTE: 41.507

SOLICITANTE: GLORIA ZULAY ZAMBRANO GANDICA

BENEFICIARIOS: ALFONSO ENRIQUE SANCHEZ ZAMBRANO.

Con escrito de fecha 18 de ABRIL de 2006, la ciudadana GLORIA ZULAY ZAMBRANO GANDICA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.648.401, actuando en nombre y en representación de su hijo el adolescente, ALFONSO ENRIQUE SANCHEZ ZAMBRANO, solicitan autorización para Constituir Hipoteca sobre un lote de terreno propio ubicado en La Castra, Parroquia la Concordia, Municipio san Cristóbal del Estado Táchira, Táchira propiedad del mencionado adolescente en una Tercera parte (1/3). Admitida la solicitud y cumplidos todos los requerimientos exigidos por el Tribunal, la Fiscal del Ministerio Público opinó favorablemente. Por lo anteriormente expuesto, esta Jueza Unipersonal No.3 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA a la ciudadana GLORIA ZULAY ZAMBRANO GANDICA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 5.648.401, para que en nombre y representación de su hijo ALFONSO ENRIQUE SANCHEZ ZAMBRANO, venezolano, de Dieciséis (16) años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.790.059, proceda a HIPOTECAR a favor del Instituto de Previsión y Asistencia Social para el Personal del Ministerio de Educación IPAS-ME un inmueble consistente en un lote de terreno propio signado con el Nº 74, ubicado en la Castra, parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del estado Táchira, con los siguientes linderos y medidas: NORTE: Parcela Nº 173, SUR: Parcela Nº 175, ESTE: Parcela Nº 166, OESTE: Calle 4. Con un área aproximada de CIENTO TREINTA Y TRES METROS CUADRADOS (133 m2), según consta en documento Registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio san Cristóbal del estado Táchira bajo el Nº 16, Tomo 44, 4to. Trimestre del presente año del Protocolo Primero.
Expídase copia certificada de la presenta autorización a la parte interesada.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal a los VEINTE (25) días del mes de JULIO del año dos mil seis. Años 196 de la Independencia y 147 de la Federación.





ABG. HIRIAN MONTOYA RODRÍGUEZ
JUEZA UNIPERSONAL No.3


ABG. GEORGE LASTRA POZO
SECRETARIO



Exp.41.507
HMR/GLP