En el día hábil de hoy, SIETE (07) de Julio de 2006, siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen por ante este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira: el ciudadano ASDRUBAL JOSE CARDENAS SANCHEZ, identificado con la cédula de identidad Nro. 15.686.356 asistido por la ciudadana SOLANGE TRINIDAD CARDOZO VELASCO, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 79.108; se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante ciudadanos DANIEL ANTONIO GARCIA DUQUE y ROGELIO ARTURO GUTIERREZ MORA, titulares de las cédulas de identidad Nro.14.281.182 y 14.281.772, ni por si ni por medio de apoderado alguno y de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO intentado por los ciudadanos DANIEL ANTONIO GARCIA DUQUE y ROGELIO ARTURO GUTIERREZ MORA, titulares de las cédulas de identidad Nro.14.281.182 y 14.281.772. Se condena en costas a la parte demandante. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
EL JUEZ

ABOG. JOSE LEONARDO CARMONA