En el día hábil de hoy, TRECE (13) de Julio de 2006, siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece por ante este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira: el ciudadano CIRO JOSE LOZADA ROSALES, identificado con la cédula de identidad Nro. 3.075.911 inscrito en el IPSA bajo el Nro. 14.201; en representación de la parte demandada, ni por si ni por medio de apoderado alguno y de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO intentado por el ciudadano el ciudadano VICTORIANO PEREZ, titular de la cédula de identidad Nro.2.553.753 como representante del Sindicato de Gasolinas SUTEGALCA contra la empresa ESTACION DE SERVICIO “LA BLANQUITA” PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
EL JUEZ
ABOG. JOSE LEONARDO CARMONA
LA SECRETARIA
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