REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.-
Por auto de fecha 18 de Abril de 2006, este Tribunal le dio entrada a la solicitud hecha por la ciudadana LILIBETH RAMIREZ ROJAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-9.247.377, asistido por el Abogado Jorge Eliecer Camacho Diaz, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 51.116, en la que solicita se rectifique el error cometido en la Partida de Nacimiento N° 4.355, de fecha 11 de Noviembre de 1969, inserta por ante la Prefectura Civil del Municipio La Concordia, Distrito San Cristobal, Estado Táchira, en el sentido de que en dicha Partida de Nacimiento aparece incorrectamente el nombre de la Madre de la solicitante mencionandose “ROSALBA ROJAS”, siendo lo correcto “MARIA ROSA AURA ROJAS”, se ordeno la publicacion del Edicto en un Diario de mayor circulación de la ciudad de Caracas, y notificar al Fiscal XIV.----------------------------------------
Con la solicitud fue acompañado: copia certificada de la Partida de Nacimiento N° 4.355 expedida por el Registro Principal del Estado Táchira, copia certificada de la Partida de Nacimiento N° 4.355 expedida por la Prefectura del Municipio La Concordia, Distrito San Cristobal del Estado Táchira, copia certificada de la Partida de Nacimiento N° 12 de la Madre de la solicitante, expedida por por el Registro Principal de San Fernando del Estado Apure, copia fotostatica de la cédula de identidad de la madre de la solicitante y copia fotostatica de la cédula de identidad de la solicitante.-------------------------
En fecha 26 de Abril de 2006, se expidieron las copias certificadas para la Notificación del Fiscal y se entregaron al Alguacil del Tribunal.--------------------
En fecha 05 de Mayo de 2006, fue notificado el Fiscal XIV.-------------------
En fecha 16 de Mayo de 2006, fue consignado el ejemplar del Diario El Nacional, donde aparece el Edicto ordenado, el cual fue agregado la pagina a los autos de este expediente en la misma fecha.------------------------------------------
En diligencia de fecha 29 de Junio de 2006, el Abogado Jorge Eliecer Camacho Diaz, actuando con el carácter acreditado en autos expone: que cumplido como estan los requisitos legales se ordene la Rectificación de la Partida de Nacimiento de la ciudadana LILIBETH RAMIREZ ROJAS.---------------
Cumplidas las formalidades legales con el examen de los documentos ya relacionados, la Juez llega a la conclusión de que se trata efectivamente de un error material cometido en la Partida de Nacimiento N° 4.355, perteneciente a la ciudadana LILIBETH RAMIREZ ROJAS, por lo que la presente solicitud de
rectificación de error material de la Partida de Nacimiento es procedente, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil.---------------------------------------------------------------------------------------------------
Por los motivos expuetos, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud. En consecuencia la Partida de Nacimiento Nº 4355, inserta por ante la Prefectura del Municipio La Concordia, Distrito San Cristobal del Estado Táchira, de fecha 11 de Noviembre de 1.969, queda rectificada de la siguiente manera: en el sentido de que el nombre correcto de la Madre de la ciudadana LILIBETH RAMIREZ ROJAS es “MARIA ROSA AURA ROJAS” y no incorrectamente como aparece “ROSALBA ROJAS”.---------------------------------------------------------------------------------------------
Inscríbase esta sentencia en los Libros de Registro Civil de Nacimiento llevados por ante el Registro Civil del Municipio San Cristobal del Estado Táchira y por el Registro Principal del Estado Táchira a fin de que sea estámpada la corespondiente nota marginal.-----------------------------------------------
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.----------------------------------------------
Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala del despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los once días del mes de Julio del dos mil seis. Años 196º de la Independncia y 147º de la Federación.-
REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ TITULAR
IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ
SECRETARIA
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia siendo la diez y treinta de la mañana y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.-
IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ
SECRETARIA
Elena
|