REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGION LOS ANDES
196° Y 147º

En fecha 05/05/2006, este tribunal dio entrada al presente Recurso Jerárquico y Subsidiariamente al Recurso Contencioso tributario, bajo el N° 1140, constante de (36) folios útiles, interpuesto por el ciudadano abogado, Carlos Julio Quiñones Suárez, en su carácter de Presidente de la empresa “AGENTES ADUANALES EXPRESS C.A.” (F-37).
En fecha 08/05/2006, se tramito el presente expediente, ordenando las notificaciones mediante oficios al: Gerente General de Servicios Jurídicos del SENIAT, al Contralor General de la República Bolivariana de Venezuela, al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela, al Fiscal 13 del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, debidamente practicadas a los cuarenta y nueve (49); cincuenta y cinco (55), sesenta y siete (67); sesenta y nueve (69); respectivamente.
Por consiguiente, estando las partes a derecho y siendo la oportunidad legal procesal correspondiente para admitir o inadmitir el presente Recurso, esta Juzgadora pasa a decidir:
Al folio 2 al 4, a) Acta de Recepción donde consta la interposición del Recurso b) copia certificada de escrito presentado por el ciudadano abogado Carlos Julio Quiñónez Suárez, en su carácter de Presidente de la empresa “Agentes Aduanales Express”, ante la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región los Andes, donde se prueba la interposición formal del presente recurso en sede administrativa.
Del folio 7 al 9, Copia certificada de planilla para pagar forma 9, planilla de liquidación en la cual contiene la resolución de imposición de sanción y copia certificada del Registro de Información fiscal.
Del folio 10 al 18, copia certificada del Registro Mercantil donde se evidencia el carácter que posee el recurrente.
Del folio 23 al 36, copia certificada de declaración y pago del impuesto a los activos empresariales; declaración definitiva de ventas y pago para personas jurídicas comunidades y sociedades de personas incluyendo hidrocarburos y minas; providencia administrativa; tabla conformación de sanciones; informe fiscal; auto de cierre del expediente.
Todos los documentales anteriores son valorados de conformidad con lo establecido en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, y son propios para acreditar lo que de ellos mismos se desprende.

Ahora bien, de las actas procesales esta juzgadora, ante este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes, en contra de la resolución arriba mencionada, el recurrente señala que fue notificado en fecha 07 de junio del año 2003, y fue presentado fue presentado en fecha 27 de octubre de 2004; por lo que es evidente que el recurrente ejerció extemporáneamente el Recurso de conformidad con el artículo 261 del Código Orgánico Tributario, siendo esta la primera causal de inadmisibilidad de conformidad con el artículo 266, numeral 1, del Código Orgánico Tributario, el cual prevé:
“Son Causales de inadmisibilidad del recurso:
1. La caducidad del plazo para ejercer el Recurso...”.

Es con base a las anteriores consideraciones, se declara la inadmisibilidad del recurso. Y así se decide, en consecuencia ESTE TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION LOS ANDES EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA INADMISIBLE EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO POR EXTEMPORANEO, formulado por el ciudadano abogado CARLOS JULIO QUIÑONES SUÁREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-5.324052, inscrito en el Instituto de Previsión social del abogado bajo el N° 56.185, en su carácter de Presidente de la empresa “AGENTES ADUANALES EXPRESS” domiciliada en el Barrio Miranda, Nro. 11-53, San Antonio, Estado Táchira, con Registro de Información Fiscal el N° J-30713291-4, constituida por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 16 de junio de 2000, bajo el N° 93, Tomo 7-A, contra la Resolución de Imposición de Sanción N° GRTI/RLA/DF N-4055002149, de fecha 22/06/2004, emitida por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región los Andes Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria SENIAT.
Notifíquese al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con lo establecido en el artículo 84 del Decreto con Fuerza de Ley de la Procuraduría General de la República. Cúmplase.

Dada, sellada y refrendada en la sede del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes con sede en San Cristóbal Estado Táchira, a los veintiocho (28) días del mes de julio de Dos Mil seis. Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.


ANA BEATRIZ CALDERON SÁNCHEZ
JUEZ TITULAR

BLANCA ROSA GONZALEZ
LA SECRETARIA

En la misma fecha se libro oficio N° 10421, 10422 siendo las 3:30 p.m., se publicó la anterior sentencia dejándose copia para el archivo del Tribunal.

LA SECRETARIA
Exp N° 1140
ABCS/Darkir.