San Antonio del Táchira, 17 de Febrero de 2006
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2006-000367
ASUNTO : SP11-P-2006-000367


Visto el oficio Nº20-F25-552-2006, de fecha 17 de Febrero de 2006, suscrito por la Abogado Violeta Infante Bencomo, en su carácter de Fiscal Vigésima Quinta del Ministerio Público, recibido en este Tribunal según comprobante de recepción de documentos en fecha 17 de Febrero del 2006, signada la causa con el N° SP11-P-2006-000367, mediante el cual requiere de este Tribunal: “…Que sea traslado y recibido en calidad de detenido, el imputado WILSON RAFAEL TORRES, de nacionalidad Venezolana, natural de Rubio, Estado Táchira, nacido en fecha 08-12-1978, de 27 años de edad, soltero, carnicero, titular de la cédula de identidad N° 15.437.559, a la sede de la D.I.S.I.P., de la ciudad de San Cristóbal, en aras de resguardar su vida, por cuanto el mencionado imputado está colaborando en la investigación que lleva esta Fiscalia del Ministerio Público, este Tribunal para decidir observa:

Que la Representante Fiscal, fundamenta su petición, en el hecho de que en fecha 16 de Febrero del 2006, solicito el traslado del imputado Wilson Rafael Torres, a la sede del C.I.P.C. Sud-Delegación, San Antonio, a los fines de rendir declaración y aportar información a la causa llevada por la Fiscalia Veinticinco del Ministerio Público, siendo acordado dicho traslado por el Tribunal, auto agregado en la presente causa.
En razón de que este Tribunal se acoge a las Garantías Constitucionales y especialmente el derecho a la vida, consagrada en nuestra Carta Magna, es por lo que es procedente dicho traslado, advirtiéndole a los funcionarios del C.I.P.C, Sud-Delegación, San Antonio, a cumplir con las SEGURIDADES DEL CASO Y BAJO SU ABSOLUTA RESPONSABILIDAD, igualmente lo insto a que cumpla con las Garantías Constitucionales que establece nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Así se decide.

En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO DEL TACHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:

PRIMERO: ACUERDA EL TRASLADO DEL IMPUTADO WILSON RAFAEL TORRES, de nacionalidad Venezolana, natural de Rubio, Estado Táchira, nacido en fecha 08-12-1978, de 27 años de edad, soltero, carnicero, titular de la cédula de identidad N° 15.437.55, a la sede de la D.I.S.I.P., de la ciudad de San Cristóbal, a los fines de que se mantenga en calidad de detenido.
.

SEGUNDO: DICHO Traslado será efectuado por los funcionarios adscritos al C.I.P.C, de la Sud-Delegación, San Antonio, el cual debe cumplir con las SEGURIDADES DEL CASO Y BAJO SU ABSOLUTA RESPONSABILIDAD, igualmente lo insto a que cumpla con las Garantías Constitucionales que establece nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, remítase los respectivos oficios.




ABG. ABG. CLEOPATRA DEL VALLE AVGERINOS PINEDA

JUEZ SEGUNDO DE CONTROL



EL SECRETARIO

HECTOR OCHOA











El Juez

El Secretario

Abg. Cleopatra del Valle Avgerinos Pineda