San Antonio del Táchira, 21 de Febrero de 2006
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2005-002300
ASUNTO : SP11-P-2005-002300

Visto el escrito presentado por la Abg. Violeta Josefina Infante Bencomo, Fiscal Vigésima Quinta del Ministerio Público, mediante el cual solicita de este Tribunal se decrete el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano MORALES TARAZONA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.782.930, por la presunta comisión del delito de CONTRABANDO DE INTRODUCCION, previsto y sancionado en el artículo 104 Literal A de la Ley Orgánica de Aduanas vigente para el momento de los hechos, de conformidad con lo establecido en los artículos 318 ordinal 4º, 48 numeral 8º y 108 ordinal 7º del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal para decidir observa:
En fecha 06 de enero de 2004, al imputado MORALES TARAZONA, le fue retenida la cantidad de Dos (02) bolsas de melasa, con un peso aproximado de 40 kilos y un valor aproximado de Ciento Veinte Mil Bolívares (Bs.120.000, oo); tal retención tuvo lugar siendo las 05:00 horas de la tarde en el Punto de Control Fijo de Peracal, y fue practicada por funcionarios de la Guardia Nacional adscritos a la Primera Compañía, Tercer Pelotón del Destacamento de Fronteras N° 11, según se desprende del Acta de Investigación Penal N° SO-RN-1-11-1-3-2003, suscrita por el DTGDO Medina Chacon Yolver.
En virtud de tales hechos, se practicaron las siguientes diligencias:
1.- Acta de retención de mercancía N° 013, de fecha 06 de Enero de 2004, en donde consta que se le retuvo al imputado MORALES TARAZONA, le fue retenida la cantidad de Dos (02) bolsas de melasa, con un peso aproximado de 40 kilos y un valor aproximado de 120.000, oo Bs.
2.- Acta de entrega de efectos retenidos por ante el área de almacenamiento y bienes adjudicados a la Aduana Principal de San Antonio de fecha 02 de Enero de 2004, en la que consta que efectivamente fueron entregados a la Aduana la cantidad de Dos (02) bolsas de melasa, con un peso aproximado de 40 kilos y un valor aproximado de 120.000, oo Bs.
3.- Acta de Verificación de fecha 25-06-2004, suscrita por el funcionario (GN) Dtgdo. Benavides Bustos José, en la que dejó constancia de lo siguiente: “…fui comisionado a fin de ubicar y hacer comparecer…igualmente constatar la dirección exacta del ciudadano Morales Tarazona…fue imposible ubicar…no aportó los datos suficientes…igualmente ubicar y hacer comparecer…Méndez José, quien fuera testigo…al cual fue imposible ubicar…no aportó los datos de su residencia…”
Ahora bien, analizadas las actas que conforman la presente causa, observa este Juzgador que si bien es cierto, se ha comprobado la comisión de un delito, cual es, el Contrabando de Introducción previsto y sancionado en el Articulo 104 de la Ley Orgánica de Aduanas, vigente para el momento de los hechos, no es menos cierto, que no existe posibilidad para el Órgano Fiscal de incorporar nuevos y concordantes datos a la investigación que permitan solicitar el enjuiciamiento del Imputado; razones por las que debe declararse con lugar la solicitud de Sobreseimiento de la Causa presentada por la Fiscalía del Ministerio Público.
En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA EXTENSION SAN ANTONIO DEL TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano MORALES TARAZONA, Venezolano, titular de la cédula de identidad V-14.782.930, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 318 ordinal 4º, 48 numeral 8º y 108 ordinal 7º del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de CONTRABANDO DE INTRODUCCION previsto y sancionado en el articulo 104 Literal A de la Ley Orgánica de Aduanas.
Notifíquese a las partes de la presente decisión, así como también al Procurador General de la República y al Jefe de la Aduana Principal de San Antonio del Táchira. Vencido el lapso de ley, remítanse las actuaciones al Archivo Judicial.




ABG. IKER YANEIFER ZAMBRANO CONTRERAS
JUEZ PRIMERO DE CONTROL




ABG.
SECRETARIO (A)