REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION DE LA SECCION PENAL DE ADOLESCENTE
DEL ESTADO TACHIRA.

San Cristóbal, 22 de Febrero del 2.004.

Visto el escrito presentado por el Defensor Público Penal abogado FREDDY ALBERTO PARADA VALERO, en su carácter de defensor del ciudadano (Identidad Omitida por el artículo 545 de la Lopna), a quien se le sigue causa por ante este Tribunal bajo el Nº E.-688-04, mediante el cual solicita se acuerde el cumplimiento de la medida impuesta en fecha 21 de febrero del año 2006, impuesta por este Tribunal por el lapso de seis (06), al centro penitenciario de occidente y no en el centro de Diagnóstico Tratamiento San Cristóbal, por cuanto su defendido tiene problemas que califica difícil con otros adolescentes que se encuentran privados de libertad en el centro de Diagnóstico Tratamiento “San Cristóbal”. En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, acuerda trasladar al ciudadano (Identidad Omitida por el artículo 545 de la Lopna), al centro penitenciario de Occidente de Santa Ana Estado Táchira, a los fines de que cumpla la medida de privación de Libertad por el lapso de seis (06) meses. Líbrese oficio al Centro Diagnostico y Tratamiento San Cristóbal y boleta de traslado a la Dirección de Seguridad y Orden Publico de San Cristóbal, a fin de proceda al traslado del mencionado adolescente. Líbrese boletas de notificación a las partes.



DR. JOSE ANTONIO PARDO SANCHEZ
EL JUEZ TEMPORAL


ABOGADA GLENDA LISBETH ACEVEDO QUINTERO.
LA SECRETARIA
En la misma fecha se libró oficio bajo el Nro. _____ al CDT “San Cristóbal” y se notificaron a las partes.