JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA

195° y 146°

Vista la diligencia de fecha 23/01/2006, suscrita por el abogado MIGUEL GERARDO PEÑALOZA URBINA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 58.432, con el carácter apoderado judicial de la parte demandante, ciudadanos JESUS MANUEL HERNANDEZ MENDEZ y MARY SILGRE HERNANDEZ MENDEZ, por una parte, y por la otra, el abogado MAXIMO RIOS FERNANDEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 23.807, con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadana YAJAIRA LOURDES PEREZ VIVAS, venezolana, mayor de edad. soltera, titular de la cédula de identidad N° V-5.663.621 y de este domicilio, donde deciden poner fin al presente juicio mediante TRANSACCIÓN; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, y vista igualmente la diligencia de fecha 15/02/2006, suscrita por el abogado MAXIMO RIOS FERNANDEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 23.807, con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, se deja sin efecto el oficio N° 065-06, librado por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 25/01/2006; en tal virtud, ofíciese a la Dirección de Seguridad y Orden Público del Estado Táchira. Líbrese oficio y regístrese su salida.

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en San Cristóbal, a los veintidós días del mes de febrero del año dos mil seis (22/02/2006). Años: 195° de la Independencia y 147° de la Federación.



GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ TEMPORAL



MARIA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
SECRETARIA