JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veinticuatro de febrero de dos mil seis.

195º y 147º

Recibido por Distribución solicitud constante de un (01) folio útil y los recaudos anexos en veintidós (22) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Se admite cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias, para asegurarle a los ciudadanos: MAURA DEL CARMEN MONTILVA DE SÁNCHEZ, WILMER ALEXANDER, ALEXIS EMIDIO, NELIDA DEL CARMEN SANCHEZ MONTILVA Y BELKIS DEL ROSARIO SÁNCHEZ BENITEZ, venezolanos, mayores de edad y hábiles. EL CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del decujus, TEODOMIRO SÁNCHEZ CHACÓN, quien fuera cónyuge y padre de los antes nombrados, se deja a salvo todo derecho de terceros. Se acuerda expedir cinco copias certificadas de la solicitud y el presente auto, así como devolver originales de estas actuaciones dejando copia certificada para el archivo del Tribunal. (fdo)EL JUEZ TEMPORAL. PEDRO ALFONSO SÁNCHEZ RODRIGUEZ. (fdo)EL SECRETARIO. GUILLERMO ANTONIO SÁNCHEZ MUÑOZ. ((hay sello del Tribunal).