REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
CORTE DE APELACIONES


JUEZ PONENTE: GERSON ALEXANDER NIÑO



Visto el recurso de revisión, interpuesto por la abogada LUISA SANCHEZ GUERRERO, con el carácter de Defensora Pública Séptima Penal del penado FLANDREAU PATRICK GUY, contra la sentencia definitiva y firme dictada el 10 de enero de 2001 por la Juez de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 3, del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, mediante la cual condenó al mencionado ciudadano a cumplir la pena de diez (10) años de prisión, por la comisión del delito de transporte ilícito de sustancias estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, se observa que el hecho punible por el cual fue condenado el mencionado penado fue cometido en jurisdicción del Estado Vargas.

Ahora bien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 473, aparte único del Código Orgánico Procesal Penal, la competencia para el conocimiento del recurso de revisión, en los casos de los numerales 2, 3 y 6 del artículo 470 ejusdem, le corresponderá a la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se cometió el hecho punible. De allí que esta Corte, deba declararse incompetente, en razón del territorio, para conocer del referido recurso de revisión interpuesto y en consecuencia, acuerda remitir las presentes actuaciones a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, conforme a lo previsto en el artículo 61 ibidem. Así se declara.

Con base en lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones, en su única Sala, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, SE DECLARA INCOMPETENTE EN RAZON DEL TERRITORIO, para el conocimiento del RECURSO DE REVISION interpuesto por la abogada LUISA SANCHEZ GUERRERO, con el carácter de Defensora Pública Séptima Penal del penado FLANDREAU PATRICK GUY, contra la sentencia definitiva y firme dictada el 10 de enero de 2001 por la Juez de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 3, del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, mediante la cual condenó al mencionado ciudadano a cumplir la pena de diez (10) años de prisión, por la comisión del delito de transporte ilícito de sustancias estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. En consecuencia, se acuerda remitir las presentes actuaciones a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, todo conforme a lo previsto en los artículos 473 y 61, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.

Publíquese, regístrese, notifíquese, déjese copia y remítanse las actuaciones en su oportunidad legal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala de audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en la ciudad de San Cristóbal, a los nueve (9) días del mes de febrero del año dos mil seis (2006). Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.

Los Jueces de la Corte,


JOSE JOAQUIN BERMUDEZ CUBEROS
Presidente




JAFETH VICENTE PONS BRIÑEZ GERSON ALEXANDER NIÑO
Juez Titular Juez (T) ponente




JERSON QUIROZ RAMIREZ
Secretario

En la misma fecha se cumplió lo ordenado.

JERSON QUIROZ RAMIREZ
Secretario


Rr-858/GAN/mq