REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

195° y 146 °

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: SP01-L-2005-000820
PARTE ACTORA: EURO FUENMAYOR BRACHO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARQUEZ CONTRERAS FRANCY ZULEYMAR
PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO GARCIA DE HEVIA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JUAN PABLO VELASQUEZ SERRANO SINDICO PROCURADOR
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES.

En el día hábil de hoy, miércoles once (11) de enero de 2006, siendo las 2:30 P.M., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los abogados en ejercicio, MARQUEZ CONTRERAS FRANCY ZULEYMAR y GUILIO HOMERO VIVAS GARCIA, titulares de las Cédulas de Identidad Nos V-9.358.490 y 3.999.162 en su orden, inscritos en el I.P.S.A bajo los Nos 62.661 15.086 respectivamente, con el carácter de representante judicial de la parte actora, ciudadano EURO FUENMAYOR BRACHO, plenamente identificado en autos y carácter que se desprende de los autos por una parte y por la otra el abogado en ejercicio, JUAN PABLO VELASQUEZ SERRANO, titular de la Cédula de Identidad No V- 14.349.375, inscrito en el I.P.S.A. No 90.932, con el carácter de SINDICO PROCURADOR de la Demandada ALCALDIA DEL MUNICIPIO GARCIA DE HEVIA DEL ESTADO TACHIRA, carácter que consta en instrumento ACTA No 48 de fecha o7 de agosto de 2002 de Sesión de la Camara Municipal de dicho Municipio, una vez iniciada la audiencia las partes, estas coincidieron en los puntos del libelo de demanda como son: existencia de la relación de trabajo, en la fecha de inicio de la relación laboral, y los montos demandados, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo:


PRIMERO: Las partes han acordado en dar por terminado el presente asunto, a través de la Mediación, para lo cual, la representación de la parte demandada ALCALDIA DEL MUNICIPIO GARCIA DE HEVIA DEL ESTADO TACHIRA, presento escrito contentivo de autorización para Mediar la presente causa, autorización esta agregada a los autos en este acto en original y en dos (02) folios útiles; así como también, consta en comunicación la forma de pago de los Salarios Caídos convenidos a pagar, tal como se evidencia en comunicación que en original y en dos (02) folios útiles se agrega a los autos en esta acto.-

SEGUNDO: En el presente arreglo, las partes manifiestan que la demandada ALCALDIA DEL MUNICIPIO GARCIA DE HEVIA DEL ESTADO TACHIRA, procedió a Reincorporar a su cargo de Trabajo, a la parte demandada ciudadano, EURO FUENMAYOR BRACHO, desde el día 08 de noviembre de 2005, tal como se evidencia de comunicación que en original y en un (01) folio útil se agrega a los autos en este acto; así como también, la demandada asumió el compromiso de pagar al accionante todo lo correspondiente a los salarios caídos cuantificados en la cantidad de BOLIVARES QUINCE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y UN MIL TREINTA Y DOS CON 40/100 CENTIMOS, son ( Bs 15.971.032,40), los cuales serán pagados en tres partes en las siguientes fechas: El primer pago se realizará el día 28 de febrero de 2006, por la cantidad de Bs. 5.323.677,47; El segundo pago se realizará el día 28 de abril de 2006, por la cantidad de Bs. 5.323.677,47 y el Tercer y último pago se realizará el día 30 de junio de 2006, por la cantidad de Bs. 5.323.677,47, declarando que quedan en un todo conforme y declaran que nada quedaran a deberse, por este concepto Laboral, ya que la Relación Laboral continua vigente entre las partes.- Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, y para la cual se cumplió con lo ordenado en la legislación patria y se respetaron los privilegios de la demanda, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se ordena expedir copia certificada de la presente acta para ser entregada a la demandada, así como también se deja constancia que en este acto se hizo entrega del acervo probatorio presentado.- No se ordena el archivo del presente asunto
La Juez,

Abg. LUZ HAYDEE GOMEZ G
El Secretario,


Abg. Miguel Ángel Colmenares





Apoderado Parte Accionante

Apoderado Parte Demandada