REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO
San Antonio del Táchira, 16 de Enero de 2006
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2005-001817
ASUNTO : SP11-P-2005-001817
RESOLUCIÓN
Vista la solicitud de fecha 13 de enero de 2006, presentada por la ciudadana GLADIS GAVIRIA DE GALUE, venezolana, titular de la cédula de identidad V-8.990.467, mediante la cual requiere la entrega de un vehículo clase MOTO, serial motor 3KJ, marca YAMAHA, modelo NEXIZONE, año 2000, tipo PASEO, serial carrocería 3YK6238932, color MORADO; este Tribunal NIEGA LA ENTREGA, en virtud de que la solicitante no consignó ningún instrumento que sirva de prueba para demostrar el derecho de propiedad sobre el mencionado vehículo, aunado a que en los autos que conforman esta causa no aparecen documentos que nos permitan pensar que esta ciudadana es su verdadera propietaria.
En consecuencia de lo expuesto, este Tribunal NIEGA LA SOLICITUD formulada por la ciudadana GLADIS GAVIRIA DE GALUE; todo de conformidad con el último aparte del artículo 312 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a la solicitante de la presente decisión.
El Juez
El Secretario
Abg. Iker Yaneifer Zambrano Contreras