REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PANAMERICANO, SAMUEL DARÍO MALDONADO Y SIMON RODRÍGUEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO.
PARTES:
DEMANDANTE: Omar Antonio Monsalve Contreras, venezolano, mayor de edad, potador de la cédula de identidad Nº V-7.094.923, abogado en ejercicio, domiciliado en Coloncito, Municipio Panamericano Edo Tàchira, con el carácter de apoderado como endosatario a titulo de procuración de la ciudadana Ana Ascensión Guerrero, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-2.805.888, del mismo domicilio.
DEMANDADOS: Flor Elva Ramírez Ordóñez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.113.550, domiciliada en la calle 10 No. 2-25, Coloncito, Municipio Panamericano del Estado Táchira, Franklin Guerrero, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-3.619.976, domicilio en el sector La Norte Sur, Municipio Panamericano del Estado Táchira y la ciudadana Elida Judith Rivas, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-2.772.513, domiciliada en la carrera 5 al lado de la Alcaldía del Municipio Panamericano, Coloncito Estado Táchira.
Expediente Nº 970-2005
VISTO EL LIBELO DE DEMANDA
Vista la demanda interpuesta, en fecha 11 de Noviembre de 2005, por el ciudadano Omar Antonio Monsalve Contreras, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.094.923, civilmente hábil, domiciliado en Coloncito, Municipio Panamericano Estado Tàchira, con el carácter de apoderado como endosatario a titulo de procuración de la ciudadana Ana Ascensión Guerrero, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-2.805.888, del mismo domicilio, en la cual demanda por ante este tribunal, a los ciudadanos Flor Elva Ramírez Ordóñez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.113.550, domiciliada en la calle 10 No. 2-25 Coloncito, Municipio Panamericano del Estado Táchira, Franklin Guerrero, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-3.619.976, domicilio en el sector La Norte Sur, Municipio Panamericano del Estado Táchira y la ciudadana Elida Judith Rivas, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-2.772.513, domiciliada en la carrera 5 al lado de la Alcaldía del Municipio Panamericano, Coloncito Estado Táchira por Cobro de Bolívares (Intimación).
Admitida como fue la demanda, junto con todos sus recaudos se ordeno iniciar el procedimiento de Intimación establecido en el artículo 640 y siguientes del Código de Procedimiento Civil en consecuencia se acuerda intimarse a los ciudadanos Flor Elva Ramírez Ordóñez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.113.550, domiciliada en la calle 10 No. 2-25 Coloncito, Municipio Panamericano del Estado Táchira, Franklin Guerrero, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-3.619.976, domicilio en el sector La Norte Sur, Municipio Panamericano del Estado Táchira y la ciudadana Elida Judith Rivas, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-2.772.513, domiciliada en la carrera 5 al lado de la Alcaldía del Municipio Panamericano, Coloncito Estado Táchira, en su condición de Avalistas de la obligación contraídas con la parte demandante y que dio origen a la presente demanda, para que pague dentro del lapso de diez (10) días de despacho siguientes a contar de sus intimaciones, a cualquiera de las horas destinadas para despachar en éste Tribunal desde las 9:00 a.m. hasta las 3:00 p.m. para que paguen o formulen oposición y conforme a lo establecido se decreto medida preventivo de embargo sobre bienes muebles propiedad de los demandados ciudadanos antes identificados y se libró exhorto al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios García de Hevia, Panamericano, Samuel Dario Maldonado y Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a fin de que se practique embargo preventivo sobre bienes muebles.
Al Folio 10, corre diligencia presentada de fecha 23-11-2005 por el ciudadano Aristóbulo Colmenares, Alguacil Temporal de este Tribunal en la cual consignó en un (1) folio útil boleta de intimación que fuera firmada por la ciudadana FLOR ELVA RAMIREZ ORDOÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. V-4.113.550, a quien cito en fecha 23-11-2005 siendo la 1:20 p.m., en la calle No. 2-25, Coloncito, Municipio Panamericano del Estado Táchira.
Al Folio 13 corre diligencia presentada de fecha 25-11-2005 por el ciudadano Aristóbulo Colmenares, Alguacil Temporal de este Tribunal en la cual consignó en un (1) folio útil boleta de intimación que fuera firmada por la ciudadana Eida Yudith Rivas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. V-2.772.513, a quien cito en fecha 25-11-2005 siendo la 10:20 a.m., en la carrera 6, No. 5-20, Coloncito, Municipio Panamericano del Estado Táchira.
Al folio 15 corre diligencia presentada de fecha 29-11-2005 por el ciudadano Aristóbulo Colmenares, Alguacil Temporal de este Tribunal en la cual consignó en un (1) folio útil boleta de intimación del ciudadano Franklin Guerrero, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. V-3.619.976, a quien cito en fecha 29-11-2005 siendo la 12:30 a.m., se traslado a la siguiente dirección Norte Sur, Finca El Tesoro, Municipio Panamericano del Estado Táchira, informando que el mismo no firmo la boleta de intimación y manifestó que el transaba con el abogado Omar Monsalve.
Al folio 22 del expediente corre diligencia de fecha 20-01-2006, presentada por el abogado Omar Monsalve, con el carácter de autos en el cual expuso a los fines de proseguir el presente juicio y por cuanto el codemandado Franklin Guerrero no ha sido intimado es por lo que desistió del procedimiento en contra de él y continua la acción y el procedimiento en contra de las dos codemandados de autos.
Observa esta juzgadora, que habiendo la parte demandante Desistido del Procedimiento con relación al co-demandado ciudadano FRANKLIN GUERRERO, y por no ser contrario a derecho, ni a ninguna disposición expresa de la Ley, pasa a decidir. En base a todas la razones antes expuesta esta Juzgadora del Juzgado de los Municipios Panamericano, Samuel Darío Maldonado y Simón Rodríguez de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente Desistimiento del Procedimiento con relación al co-demandado ciudadano FRANKLIN GUERRERO, de conformidad con el artículo 263 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.
Dado, sellado y firmado en la sede de este Juzgado, en Coloncito a los veinticuatro (24) días del mes de Enero de 2006, déjese copia certificada de la misma para los archivos de este Juzgado.
LA JUEZ
DRA. SORAYA C. ARANGUREN DE Z.
LA SECRETARIA
MARIA ESPERANZA GUERRERO RIVAS
En esta misma fecha se cumplió lo ordenado.
LA SCRIA.,
MARIA GUERRERO
SCAZ/dlo.-
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