REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, doce de Enero del dos mil seis.
l95° y l46º
Recibido por distribución solicitud de únicos y universales herederos, constante de un (01) folio útil y consignados sus recaudos, constantes de seis (6) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias, para asegurarle a los ciudadanos: JUAN EDUARDO PULIDO LABRADOR, BERTHA MORA DE PULIDO Y WUENDY CAROLINA SILVA SANTOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.621.261¸2.553.853 y 14.526.679 en su orden, de este domicilio y hábiles, el carácter de únicos y universales herederos del decujus, EDUARDO ENRIQUE PULIDO MORA, quien fuera hijo y esposo de los antes nombrados. Se deja a salvo todo derecho de terceros. Se acuerda devolver originales estas actuaciones dejando copia certificada para el archivo del Tribunal. EL JUEZ TEMPORAL, (FDO) PEDRO ALFONSO SANCHEZ RODRIGUEZ. EL SECRETARIO, (FDO) GUILLERMO A. SANCHEZ M.(hay sello del Tribunal).
El suscrito secretario temporal del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, certifica la exactitud de la anterior copia, cuyo original cursa en el expediente de solicitud N° 4530-06, en que Wuendy Carolina Silva Santos, solicita declaración de únicos y universales herederos a ella y a Juan Eduardo Pulido Labrador y Bertha Mora de Pulido, de Eduardo Enrique Pulido Mora. San Cristóbal, doce de Enero del dos mil seis.
El secretario,
Guillermo A. Sánchez M.
Exp. 4530-06 ab.