REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES





REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
CORTE DE APELACIONES

195º y 146º

San Cristóbal, 09 de enero de 2006


Ponente: Jafeth Vicente Pons B.


Por cuanto los abogados Milto Osualdo Morales Pereira y Giovanni Corzo Ortiz, en su carácter de defensores de los imputados Pedro Julio Méndez Bautista, Alejo Zambrano Bautista y Marco Tulio Buitrago, interpusieron recurso de apelación ante el tribunal que dicto el fallo, en el término que establece el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal; pues dicho fallo fue dictado el 20 de julio del dos mil cinco, y el recurso de apelación fue interpuesto el 10 de agosto de ese mismo año, de donde se infiere que su interposición se hizo dentro del lapso legal, y por cuanto dicho recurso no se encuentra previsto en las causales de inadmisibilidad establecidas en el artículo 437, literales a,b, y c, ejusdem, esta Corte de Apelaciones lo ADMITE y acuerda resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada dentro de los diez días de audiencias siguientes a la de hoy, conforme a lo previsto en el artículo 450 ibidem.
LOS JUECES DE LA CORTE DE APELACIONES,

JAFETH VICENTE PONS BRIÑEZ
Ponente-Presidente



JAIRO OROZCO CORREA CARMEN DEISY CASTRO
Juez Juez Temporal







Jerson Quiroz Ramírez
Secretario




Causa N° 1-Aa-2532-2005