BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
CORTE DE APELACIONES


JUEZ PONENTE: JOSE JOAQUIN BERMUDEZ CUBEROS

PENADO: JAIR VARGAS ESCOBAR, venezolano, natural de San Cristóbal, nacido el 07-07-1958, titular de la cédula de identidad N° V-9.139.169, recluido en el Centro Penitenciario de Occidente.

En fecha 28 de octubre de 2005, la Juez del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 3 de Penas y Medidas de Seguridad de este Circuito Judicial Penal, interpuso recurso de revisión de la sentencia por la cual el penado JAIR ESCOBAR VARGAS se encuentra cumpliendo la pena de (15) quince años de prisión por acumulación de las penas impuestas la primera en fecha 30-05-1997 por el extinto Juzgado Superior Primero en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas y la segunda en fecha 09-12-2003 por el Tribunal Sexto de Primera Instancia en funciones de Juicio, Extensión San Antonio, de este Circuito Judicial Penal, ambas por la comisión del delito de transporte ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas previsto y sancionado en el artículo 34 de la derogada Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.

Corresponde a esta Corte de Apelaciones, resolver acerca del recurso de revisión interpuesto por la Juez del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 3 de Penas y Medidas de Seguridad de este Circuito Judicial Penal, en relación con la sentencia dictada contra el penado JAIR ESCOBAR VARGAS, por haber sido condenado a la pena de quince (15) años de prisión, que resultó de la acumulación de penas efectuada por ese Tribunal, por la comisión del delito de Transporte Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (ya derogada).

Ahora bien, y dado que en esta Corte, cursan actuaciones relacionadas con el penado JAIR ESCOBAR VARGAS signadas bajo el N° 1-Rr-681-2005, revisadas las mismas, se observó lo siguiente:

En fecha 29 de noviembre de 2005, se le dio entrada a las actuaciones relacionadas con el recurso de revisión de sentencia interpuesto por la Juez del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 3 de Penas y Medidas de Seguridad de este Circuito Judicial Penal en relación con la sentencia dictada al penado JAIR ESCOBAR VARGAS, designándose ponente al juez Jafeth Vicente Pons Briñez.

En fecha 19 de enero de 2006, se admitió dicho recurso de conformidad con el artículo 455, en concordancia con el artículo 474, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.

En fecha 23 de enero de 2006 esta Corte dictó decisión con ponencia del juez Jafeth Vicente Pons Briñez, en la que entre otros pronunciamientos, se dispuso:

“Por los anteriores razonamientos, esta Corte de Apelaciones, en su única Sala, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo dispuesto en el numeral 6° del artículo470 en concordancia con el 475 del Código Orgánico Procesal Penal decide lo siguiente:
PRIMERO: Declara CON LUGAR el recurso de revisión de sentencia definitivamente firme interpuesto por la Dra. Fanny Becerra, en su condición de Jueza Titular del Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad No. 03 de este mismo Circuito Judicial Penal.
SEGUNDO: Se revisa las penas impuestas al penado Jair Vargas Escobar, en sentencias definitivamente firmes y que fueran acumuladas en fecha 21 de julio de 2005, por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución N° 03, de Penas y Medidas de Seguridad, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual se le condenó a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISION y en su lugar se le rebaja a DOCE (12) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de Transporte Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas”.

De lo anteriormente señalado, se desprende que esta Corte ya decidió el recurso de revisión interpuesto por el penado JAIR ESCOBAR VARGAS, de tal manera que en criterio de esta Alzada, entrar a resolver sobre el fondo del mismo recurso de revisión interpuesto ahora por Juez del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 3 de Penas y Medidas de Seguridad de este Circuito Judicial Penal, resultaría inoficioso, toda vez que ya fue resuelto por esta Corte y declarado con lugar. Y así se decide.

DECISION

En consecuencia, esta Corte de Apelaciones, en su única Sala, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INOFICIOSO entrar a conocer el fondo del recurso de revisión de la sentencia al penado JAIR VARGAS ESCOBAR interpuesto por la Juez del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 3 de Penas y Medidas de Seguridad de este Circuito Judicial Penal y ordena remitir las actuaciones al tribunal de origen.

Publíquese, regístrese, notifíquese, déjese copia y bájense las actuaciones en su oportunidad legal.

Dada, firmada, sellada y refrendada, en la sala de audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en la ciudad de San Cristóbal, a los treinta y un días del mes de enero del año dos mil seis. Años: 195° de la Independencia y 146° de la Federación.

Los Jueces de la Corte,




JOSE JOAQUIN BERMUDEZ CUBEROS
Juez Presidente-Ponente




JAFETH VICENTE PONS BRIÑEZ GERSON ALEXANDER NIÑO
Juez Juez





JERSON QUIROZ RAMIREZ
Secretario


En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
Jerson Quiroz Ramírez
Secretario

1-Rev-604/05
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