JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERADE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.MICHELENA, VEINTIUNO (21) DE DICIEMBRE DE DOS MIL SEIS (2006).
PODER JUDICIAL.


196° y 147°

EXP. PROTECCION N° 000-122-2006.


Visto el acuerdo contenido en el Acta contentiva de la Conciliación celebrada el día VEINTE (20) de DICIEMBRE de 2006 y lograda entre la ciudadana DENIS MARIA COLMENARES PEREZ, venezolana, mayor de edad, domiciliada en la carrera 2 entre calle 8 N° 7-85 en Michelena del Municipio Michelena del Estado Táchira, titular de la cédula de identidad N° V- 17.677.071 , actuando en su condición de parte demandante, por una parte, y por la otra el ciudadano LUIS GERMAN GARCIA DIAZ, venezolano, mayor de edad, domiciliado en el Municipio Michelena del Táchira, titular de la cédula de identidad N° V- 15.639.995, actuando en su condición de parte demandada, en la presente Causa por Obligación Alimentaria, incoada por la primera de los nombrados, en beneficio de la niña NARYELI LISBET GARCIA COLMENARES , se compromete el padre a pasarle la suma de CINCUENTA MIL (Bs. 50.000,oo), mensuales y cuotas extraordinarias por el doble para el mes de Diciembre en un total por la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,oo), dichas cantidades serán depositadas en la cuenta de ahorro aperturada por este tribunal en la agencia bancaria Banfoandes. Así como observadas y cumplidas todas las actuaciones ordenadas por este Juzgado con respecto a la solicitud propuesta; al apreciarse de los mismos términos de tal convenimiento logrado, que el mismo no es contrario al orden público, ni a alguna disposición expresa de la Ley, ni pretende vulnerar en modo alguno aspectos esenciales y atinentes al Interés Superior del Niño y del Adolescente, ya que versa además sobre derechos disponibles, aunado al hecho de que el mismo se materializa como un acto de auto-composición procesal de las partes, como mecanismo válido consagrado por nuestra legislación civil, en sustitución de la sentencia de fondo para poner fin a los juicios o procedimientos de cualquier naturaleza; este Juzgado de los Municipios Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, el convenimiento en materia alimentaría, producido entre los ciudadanos LUIS GERMAN GARCIA DIAZ Y DENIS MARIA COLMENARES PEREZ, en beneficio de su hija en común NARYELI LISBET GARCIA COLMENARES. Otorgándosele a ésta declarativa el carácter de fuerza ejecutiva. Y así se declara.


Cúmplase con el registro de la presente homologación.


LA JUEZ TEMPORAL


ABOG. ALICIA KATHERINE CARDENAS Q


LA SECRETARIA


ANA ISABEL ARELLANO DE MEDINA.