REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Independencia, doce (12) de diciembre de dos mil seis.-
196° y 147°
Visto el escrito presentado por los ciudadanos JOSÉ SANABRIA PASTRAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.885.518, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 24.441; por una parte, y por la otra SULAY YADIRA RONDÓN DE MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.032.527, con el carácter de parte demandada, asistida por los abogados JOHANN DANIEL SILVA GUTIERREZ y JAIME ALFONSO DURAN GUERRERO, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 78.737 y 83.524 respectivamente; mediante el cual celebran una TRANSACCIÓN a los fines de terminar con el presente proceso; por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, ESTE JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, y le da carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
LA JUEZA TEMPORAL

ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA

ABG. MAURIMA MOLINA C.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado. Se publicó siendo las 10:00 a.m., del día doce (12) de diciembre de dos mil seis, quedando registrada bajo el Nº _________.

Abg. Maurima Molina C. / Sria.
Expd. Nº 1386/2006
BYVM/lcm.