REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN, RAFAEL Y URDANETA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Rubio, Veinte de Diciembre de Dos Mil Seis.

196° y 147°

Visto el convenimiento celebrado por ante este Tribunal en fecha 14 de Diciembre entre los Ciudadanos: HENRY COROMOTO GUTIERREZ FERNANDEZ y la Ciudadana BERTILADA CELIS, en beneficio de los hermanos GUITERREZ CELIS, se acuerda conforme al artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGAR el convenimiento celebrado entre las partes, a fin que se proceda como Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. En consecuencia este Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley lo declara Homologado. CUMPLASE. Así mismo se acuerda oficiar a Banfoandes a los fines de que aperturen Cuenta de Ahorros y una vez consigne en el expediente el número de cuenta aperturado se oficiara a la Policía del Estado Portuguesa.
Dada, Sellada, Firmada y Refrendada en el Despacho del Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta Circunscripción Judicial del Estado Táchira.




Abg. EDGAR ENRIQUE MORALES RAMÍREZ
Juez Temporal


Abg. JULIO CESAR COLMENARES GONZÁLEZ
Secretario Titular

En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior y se libró oficio N° 3170-1589, dirigido a Banfoandes, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal