REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLIVAR

JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 18 de diciembre de 2006.
196° y 147º

Visto el convenimiento, celebrado por ante este Despacho, en el expediente N° 1.817-06, por obligación alimentaria entre los ciudadanos CELSO ALFREDO MARTÍNEZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-12.760.449 y MERCEDES OLIVA CAVIEDES SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-12.253.084, a favor de los niños (Se omiten los nombres), y por cuánto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal Quince Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente. Se acuerda oficiar al Banco de Fomento Regional los Andes a fin de aperturar Cuenta de Ahorros y a la empresa SESCA, a fin de levantar la medida de retención de prestaciones sociales. Cúmplase.

El Juez Temporal,


Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía.

La Secretaria,


Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas



En la misma fecha se notificó al Fiscal Quince Especializado Para la Protección del Niño y del Adolescente y se oficio bajo los Nos. 3130-1389 y 3130-1390.
La Sria,


Exp. 1817-06
PAGP/Jhony.-