JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, doce (12) de diciembre de dos mil seis.

AÑOS: 196° y 147°

Visto el desistimiento tanto a la acción como al procedimiento, realizado en fecha 07 de diciembre del presente año, por la abogada en ejercicio MARISELA ORRAIZ DE SÁNCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 34.895, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la Parte Demandante, Sociedad Mercantil ALMACENES LA ERMITA C.A, manifestando que la co-demandada, ciudadana BLANCA HERMILDA CONTRERAS ONTIVEROS, cumplió con el pago de la cantidad demandada; esta Juzgadora una vez revisado el mismo, y observando que no es contrario a derecho, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. De igual manera, conforme a lo solicitado por la diligenciante se ordena el desglose de la Factura de Venta y las letras de cambio objeto de la demanda, y su posterior entrega a la co-demandada, ciudadana BLANCA HERMILDA CONTRERAS ONTIVEROS, para la elaboración de los fotostatos se comisiona amplia y suficientemente al Alguacil del Tribunal, ciudadano LEÓN ALFONSO SILVA CÁRDENAS, titular de la cédula de identidad N° V- 5.653.667. Déjese copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal.



Abg. ANA LOLA SIERRA
Juez Temporal


Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario
En la misma fecha, siendo la una de la tarde (01:00 p.m.), se dejó copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal, quedando registrada bajo el N° “222” en el “Libro de Registro de Sentencias”.



Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario
DarcyS.
Exp N° 11.071-06.