REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, doce de diciembre del año dos mil seis.

196° y 147°

Visto la diligencia de fecha 08 de diciembre de 2006 (f.30), suscrita por la ciudadana María Zoraida Rondón Paz asistida por la abogada María Alejandra Díaz Manrique, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 66.062, en su carácter de parte actora, y el ciudadano Pablo Emilio Rojas Navarro asistido por el abogado Manuel Guillermo Borrero Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 18.561 por medio de la cual realizaron convenimiento en los términos siguientes: la demandante desistió de la acción y del procedimiento en la presente causa, reconoció que le adeuda la suma de CINCUENTA Y CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 55.000.000,00) al demandado, renuncio a cualquier acción civil, penal u otra naturaleza que se desprenda del expediente 18.302 de la nomenclatura de este Despacho, en consecuencia el demandado se comprometió a mantener suspendido el expediente 18-302 por dos (2) años, pudiéndose prorrogar por igual tiempo, pero en este caso la demandante pagará un incremento de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 10.000.000,00), aceptó la deuda en la cantidad mencionada, la demandante se comprometió a colocar el inmueble en cuestión en venta por el precio de CIENTO VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs.120.000.000,00), vencido el lapso acordado sin que se haya efectuado la venta el demandado podrá proceder con la Ejecución de la Hipoteca que cursa en el expediente 18.302, este Tribunal conforme a lo solicitado y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, DA POR CONSUMADO EL CONVENIMIENTO celebrado en los términos acordados y le imparte el carácter de Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada.


Josué M. Contreras Zambrano
Juez Temporal Jocelynn Granados Serrano
Secretaria


JMCZ/mzp
Exp.18.280