JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.- San Cristóbal, cinco de diciembre de dos mil seis.-
196º Y 147º
Recibido por Distribución, constante de un (01) folios útiles, el escrito presentado por la ciudadana MARIA MAGDALENA CONTRERAS DE CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, casada, domiciliado en San Cristóbal, Estado Táchira, titular de la cédula de identidad N° V-4.095.024, asistida en este acto por el abogado BRAULIO CESAR SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado, bajo el N° 38.640, acompañado de Justificativo evacuado por ante el Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 11 de Octubre de 2006, constante todo de (11) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de ley correspondiente. Y por cuanto de autos se comprueba la procedencia de la solicitud hecha por la ciudadana MARIA MAGDALENA CONTRERAS DE CONTRERAS, ya identificada; este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle sus derechos de propiedad sobre unas mejoras construidas con dinero de su propio peculio en un lote de terreno con un área de cuarenta y seis metros cuadrados con noventa centímetros (46,90) de su propiedad en un 66,66% y de sus hijos WOLFANG EDUARDO y ROSMAIRA SARAHY CONTRERAS CONTRERAS, el 16,60% para cada uno, adquirido según documento registrado por ante la Oficina de Registro Inmobiliario del 1er Circuito de los Municipios San Cristóbal y Torbes del Estado Táchira, ubicado en la Vereda 02, N° C-13, Avenida Lucio Oquendo, Unidad Vecinal, Sector El Hoyo, Parroquia La Concordia, San Cristóbal, Estado Táchira, consistentes en casa para habitación compuesta de una planta baja, con sala comedor, cocina, lavadero y lavaplatos, una primera planta con una habitación principal y dos habitaciones mas una sala baño y una segunda planta que permanece en obra negra construido todo en paredes de bloque,
pisos de cemento, en parte placa y en parte techo de zinc; comprendido dentro de los siguientes linderos: NORESTE: Con Jesús Manuel Chacón, casa N° AB-23, mediante línea recta determinada de la siguiente forma: partiendo del punto L1 de coordenada N° 200.00 y E:200.00 con rumbo N° 77°00’ 09”E y una distancia de 14.85 metros se llega al punto L2; SURESTE: Con Vereda 01, mediante línea recta determinada de la siguiente forma: partiendo del punto L2 de coordenada N: 203.34 y E:214,47 con rumbo S-12° 58’52”E y una distancia de 3.16 metros se llega al punto L3; SUROSTE: Con Adelina Parada, casa N° AB-9, mediante línea recta determinada de la siguiente forma: partiendo del punto L3 de coordenada N: 200.26 y E: 215.18 con rumbo S-77°00´09”W y un distancia de 14.85 metros se llega al punto L4; NOROESTE: Con Cileñe Pulido, casa N° C-10, mediante línea recta determinada de la siguiente forma: partiendo del punto L4 de coordenada N° 196.92 y E-200.71, con rumbo N-12°58’52”W y una distancia de 3.16 metros se llega al punto L1. El monto de inversión de las referidas mejoras es de QUINCE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 15.000.000.00).- Según lo declarado por los testigos, ciudadanos: GODOY CONTRERAS AURIS JOSEHLIN y CARVAJAL CASTRO WILMER ANTONIO, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.-

LA JUEZ

REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS


LA SECRETARIA,

IRALI JOCELYN URRIBARRI DÍAZ



En la misma fecha se le dio entrada, bajo el N° 6936.-
LA SECRETARIA

IRALI JOCELYN URRIBARRI DÍAZ

nancy