REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.

ASUNTO PRINCIPAL : LL11-P-2001-000163


REVOCA el Beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL que le fuera acordado en fecha 14-10-2003 al penado: FREDDY WILLIAMS ORTIZ venezolano, titular de la cédula de identidad N° 11.222.657, nacido en fecha 11-11-68, hijo de Carmen Ortiz y de José Molina, residenciado en la calle 06, N° 6-27, Barrio 23 de Enero, y en la residencia de su progenitora ubicada en la calle principal El Molino, Sastrería Jespor, vía Santa Bárbara, Kilómetro 20, N° 5-24, El Vigía, Estado Mérida, por haber incumplido con el beneficio de Libertad Condicional. Esta decisión se fundamenta en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a la Fiscalía de Derechos Fundamentales del Ministerio Público, a la Defensa Librese orden de aprehensión en contra del Penado antes identificado. Ofíciese a todos los Cuerpos de Seguridad. Cúmplase.-

JUEZA DE EJECUCIÓN N° 01


ABOG. MERCEDES DEL PILAR LA TORRE VILORIA


SECRETARIA

ABG.