REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS AYACUCHO, MICHELENA Y LOBATERA

En el día de hoy jueves diez (10) de Agosto de dos mil seis (2006), siendo las 10:25 am, se traslado el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Ayacucho, Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y se constituyó en el despacho de la Jueza del Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, ubicado en la carrera 8, esquina calle 3, N° 3-03, de la ciudad de San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, con el fin de cumplir con la comisión emanada del Juzgado Superior Civil y contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región los Andes, con sede en Barinas, librada en el expediente N° 6285-06, recluida con oficio N° 1831, de fecha 18 de julio de 2006, para Notificar a la ciudadana: Jueza Temporal de este Juzgado del Municipio Ayacucho, de la decisión de Amparo Cautelar dictado por el Tribunal Superior ya indicado a favor de la ciudadana: EDELWIS LENIS GARCIA ARANGUREN. Constituido el Juez Ejecutor de Medidas, en el referido despacho, requirió la presencia de la Jueza Temporal de este Juzgado del Municipio Ayacucho y se encontró presente la doctora: LADY MENNA NIÑO SOTO, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-4.110.151, a quien se le notificó de la misión que viene a cumplir este Juzgado Ejecutor. Se encuentra presente de este acto, la querellante, ciudadana: EDELWIS LENIS GARCIA ARANGUREN, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-6.516.046, asistida en este acto por el abogado: JESUS ARMANDO COLMENARES, venezolano, titular de la cédula de Identidad N° V-12.235.534, e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 74.418. Presente la Notificada: Dra. LADY MENA NIÑO SOTO, ya identificada, expuso: “Me doy por notificada de la presente actuación y de la notificación constante de veinte (20) folios útiles, relativa al Amparo Cautelar, del líbelo de su auto de admisión”. En este estado la parte querellante, expone: “En razón de la entrega de las Boletas enviadas por el Tribunal de Barinas y en razón de la suspensión de los efectos del Acto Administrativo, solicito respetuosamente al Tribunal Ejecutor se sirva librar oficio a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura Región Táchira, a fin de que ellos ejecuten las medidas administrativas correspondientes en razón de la suspensión de los efectos del Acto Administrativo recurrido, ya que al estar suspendidos los efectos la parte recurrente queda en goce pleno de su derecho y deberes como funcionario. Solicito respetuosamente a este Tribunal Ejecutor de Medidas, me sean expedidas cinco (05) copias certificadas fotostáticas de esta actuación en su totalidad, igualmente solicito a este Tribunal Ejecutor de Medidas, remita a la mayor brevedad posible las resueltas al Tribunal de la Causa”. Es todo, no siendo otro el objeto de este Tribunal, declara concluido el acto y acuerda regresar a su sede a las 11:05 minutos am. Se acuerda dejar copia fotostática de las presentes actuaciones, para el archivo de este Juzgado Ejecutor de Medidas. Terminó, se leyó y conformes firman.

EL JUEZ EJECUTOR
RAMON ALI MENDEZ VASQUEZ

LA NOTIFICADA
LADDY MENA NIÑO SOTO

LA QUERELLANTE
EDELWIS LENIS GARCIA ARANGUREN

ABOGADO ASISTENTE DE LA QUERELLANTE .