JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
196° y 147°

Visto el contenido de la diligencia de fecha 26-09-1985, suscrita por los abogados MARÍA ANA RAMÍREZ DE URDANETA y ORLANDO URBINA, inscritos en el I.P.S.A. bajo los números 14.081 y 13.989 respectivamente, apoderados judiciales del ciudadano GUILLERMO SUAREZ CORDERO, colombiano, mayor de edad, comerciante, casado, titular de la cédula de identidad N° E-81.236.074, en su carácter de parte demandante, por una parte y por la otra el ciudadano FRANCISCO JAVIER MENDEZ VELASCO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-5.024.729 asistido por el abogado OSCAR SÁNCHEZ, en su carácter de parte demandada, en la que manifiesta su intención de CONVENIR en la demanda; por cuanto dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.

Publíquese, regístrese y dejase copia certificada para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los tres (03) días del mes de agosto del año dos mil seis. Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.


Abg. GREGORIO E. PÉREZ AGUILAR
Juez Temporal

MARÍA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
Secretaria