Visto y revisado como ha sido el presente expediente, en interés superior del niño y adolescente, esta JUEZ UNIPERSONAL Nº 4 de la Sala de Juicio del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA MEDIDA DE COLOCACIÓN EN ENTIDAD DE ATENCIÓN del adolescente MÉNDEZ CONTRERAS DIEGO, venezolano, de 13 años de edad, en la casa Taller “DR. ALFREDO J GONZÁLEZ” , San Cristóbal, del Estado Táchira, conforme lo prevé el artículo 396 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Igualmente se acuerda oficiar lo conducente a la Casa Taller. Librese Oficio. Cúmplase.-