JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. - San Cristóbal, diez de agosto de dos mil seis.-
196° y 147°

Recibido por Distribución, constante de dos (02) folios útiles el escrito y anexos, constante todo de trece (13) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de ley correspondiente. Y visto el escrito presentado por la ciudadana BELKYS XIOMARA PEREZ DE CARDENAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.898.319, actuando en representación de sus propios derechos e intereses, en su condición de cónyuge del de cujus, y de sus hijos KEMBERLY XIOMARA CARDENAS PEREZ y CARLOS JESUS CARDENAS PEREZ venezolanos, mayores de edad, domiciliados en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira; en el que expone: “…que el día 17 de Agosto de 2.003, falleció ab-intestato en esta ciudad de San Cristóbal, el ciudadano CARLOS ANDRES CARDENAS TORRES, casado que era con la primera de las nombradas y padre de los restantes, tal como se evidencia del Acta de Defunción, que acompaña, marcada “A”…” Anexa a la presente Justificativo de Testigos evacuado por ante el Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha 26 de Junio de 2006, junto con copias de las Partidas de Nacimiento. En consecuencia, este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarles a BELKYS XIOMARA PEREZ DE CARDENAS, KEMBERLY XIOMARA CARDENAS PEREZ y CARLOS JESUS CARDENAS PEREZ , ya identificados, la primera en su condición de cónyuge e hijos los demás, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL FALLECIDO CARLOS ANDRES CARDENAS TORRES.-

De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Se deja a salvo TODOS LOS DERECHOS DE TERCEROS. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal y devuelvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.-

LA JUEZ

REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
LA SECRETARIA

IRALI JOCELYN URRIBARRI DÍAZ

En la misma fecha se hizo lo ordenado, bajo el N° 6897.-

LA SECRETARIA TEMPORAL

IRALI JOCELYN URRIBARRI DÍAZ

Mary Cris