REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veintiocho (28) de Abril de dos mil seis.
196 y 147º
Vista la transacción celebrada en fecha 13 de Octubre de 1999, inserta a los folios (19 y 20), por los ciudadanos Esteban Genet Sandoval Rivas, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.-10.113.490, con el carácter de deudor principal y representante de la empresa codemandada Calzado Weni C.A., y Eduardo Chaparro González y Carmen Judit Escobar de Chapa, titulares de la cédulas de identidad Nº V.-3.312.212 y V.-4.209.666 en su orden, asistidos por la abogado Giovanna Milagros Mora Molina, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 74.484 y por la otra la abogado Videlma Rey Guerra, apoderada judicial del Banco de Fomento Regional los Andes C.A., en los términos por ellos expuestos. Este Tribunal le otorga su aprobación y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En consecuencia, se levanta la medida de embargo preventivo decretada por este Juzgado en fecha 06-10-1999, la cual no fue practicada. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal. Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.- EL JUEZ TEMPORAL (Fdo.) PEDRO A. SANCHEZ RODRIGUEZ.- EL SECRETARIO (Fdo), GUILLERMO A. SÁNCHEZ M. HAY SELLO DEL TRIBUNAL.