REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, veinticuatro de abril de dos mil seis.-
196° y 147º
Recibido por distribución solicitud de únicos y universales herederos, constante de un (01) folio útil y consignados los recaudos constantes de catorce (14) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia de conformidad con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Civil Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias, para asegurarles a LELIS MARITZA DA COSTA DE ÁLVAREZ, ARMANDO JOSÉ, CESAR DANIEL y NORBELLY KATHERINA ÁLVAREZ DA COSTA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.311.824; V-11.110.794; V-12.516.384 y V-15.437.663 respectivamente, de este domicilio y civilmente hábiles, el carácter de únicos y universales herederos del decujus CESAR ARMANDO ALVAREZ VALDEZ, quien fuera cónyuge y padre de los antes nombrados. Se deja a salvo todo derecho de terceros. Se acuerda devolver originales de estas actuaciones dejando copia certificada para el archivo del Tribunal. El Juez Temporal, (fdo) Pedro Alfonso Sánchez Rodríguez. El Secretario, (fdo), Guillermo Antonio Sánchez Muñoz. Hay sello del Tribunal.