REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
CORTE DE APELACIONES

San Cristóbal, 25 de abril de 2.006

JUEZ PONENTE: JOSÉ JOAQUÍN BERMÚDEZ CUBEROS.

Visto el recurso de revisión interpuesto por el Juez Cuarto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de este Circuito Judicial Penal, a favor de los penados Alexis Eli Manrique Zambrano y Omaira Beatriz Flores Parra, contra la sentencia definitivamente firme, que fuera dictada el 26 de septiembre de 2.005, por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 2, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual se condenó a los referidos penados, a la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, cada uno, por encontrarlos culpables de la comisión del delito de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, el cual esta previsto y sancionado en el artículo 34 (hoy 31) de la derogada Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y por cuanto dicho recurso fue interpuesto en base al ordinal 6° del artículo 470 del Código Orgánico Procesal Penal, la competencia para conocer y decidir le corresponde a esta Corte de Apelaciones, tal como lo establece el artículo 473 ejusdem, y en vista de que dicho recurso cumple con los requisitos exigidos por el artículo 472 ibidem, esta Corte de Apelaciones lo ADMITE de conformidad con lo dispuesto en el artículo 455 en concordancia con el artículo 474, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, y acuerda resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada dentro de los diez (10) días de audiencia siguientes al de hoy.





JOSÉ JOAQUÍN BERMÚDEZ CUBEROS
PRESIDENTE-PONENTE




JAIRO OROZCO CORREA GERSON ALEXANDER NIÑO
JUEZ JUEZ (T)



JERSON QUIROZ RAMIREZ
SECRETARIO



1-Rr-980-2006