JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, dieciséis de septiembre de dos mil cinco.-
195º y 146º
Vista la diligencia de fecha 12 de Agosto de 2005, suscrita por el Abogado JESUS ARVEY SUAREZ, inscrito en el Inpreabogado, bajo el N° 35.429, en su carácter de apoderado de los ciudadanos VIRGILIO DE JESUS MUÑOZ MORALES y CENOBIA NIÑO DE MUÑOZ, parte demandada; donde consigna el DESISTIMIENTO realizado por el ciudadano CARLOS JULIO NAVAS CUELLAR, parte actora, por ante la Oficina de Registro Inmobiliario de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta, en fecha 11 de agosto de 2005, autenticado bajo el N° 48, Tomo 23 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Oficina, del cual se evidencia en las cláusulas Quinta y Sexta, el desistimiento del demandante reconvenido y el convenimiento de los demandados reconvinientes e igualmente, la aprobación por parte de la cónyuge del demandante, del desistimiento que se hace en la presente causa. Y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal da por consumado el acto, se le imparte la HOMOLOGACIÓN de ley y se acuerda Proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Se declara terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.-

REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
LA JUEZ

IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ
SECRETARIA

nancy