REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL NUMERO CUATRO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TACHIRA.-

San Cristóbal, 14 de Octubre de 2005
195º 146º


Visto el escrito, presentado por la ciudadana ABOGADO MARIA ELCIRA IBARRA BEJARANO, en su carácter de Fiscal Auxiliar Cuadragésima Séptima del Ministerio Público, mediante el cual solicita la DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA, interpuesta por el ciudadano DESCONOCIDO, por considerar que el hecho no reviste carácter penal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal, este para decidir observa:


En fecha 13 de Septiembre de 2005, Denuncia escrita, presentada ante el Grupo Anti-Extorsión y Secuestro Nro 1, de la Guardia Nacional, Comando Regional Nro. 1, por el Ciudadano Andres Eugenio Rogers Gonzalez, quien expuso lo siguiente: “Desde hace unos días unos jóvenes me han estado molestando a mi y a mi familia, diciendo que van a violar a mi concubina ya que ellos dicen que nosotros tenemos la culpa de la muerte del padre de uno de ellos cosa que ni pendiente, estas personas han tirado botellas y han realizado algunos disparos a la casa en donde resido.”


De lo anteriormente expuesto, observa este Juzgador, que el hecho denunciado por el ciudadano Andres Eugenio Rogers Gonzalez, proceden a instancia de parte agraviada, compartiendo plenamente lo señalado en la solicitud; siendo en consecuencia procedente, declarar con lugar la solicitud de Desestimación de la Denuncia, presentada por la Ciudadana Abogada Maria Elcira Ibarra Bejarano, en su carácter de Fiscal Auxiliar Cuadragésima Séptima del Ministerio Público; y en consecuencia, ordena remitir las actuaciones a la Fiscalía Cuadragésima Séptima del Ministerio Público, en la oportunidad legal correspondiente, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide.


Por los razonamientos antes expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:


PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA, presentada por la Ciudadana Abogada Maria Elcira Ibarra Bejarano, en su carácter de Fiscal Auxiliar Cuadragésima Séptima del Ministerio Público por cuanto los hechos denunciados proceden a instancia de parte agraviada, existiendo un obstáculo en el ejercicio de la acción penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se declara la extinción de la acción penal de conformidad con el 48 numeral 3°

SEGUNDO: ORDENA REMITIR LAS ACTUACIONES A LA FISCALÍA CUADRAGESIMA SEPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO, en la oportunidad legal correspondiente.


Notifíquese a las partes. Regístrese, publíquese y déjese copia en el archivo del Tribunal.





ABG. CLEOPATRA DEL VALLE AVGERINOS PINEDA
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL



ABG. FRANCISCO JAVIER CORREA SERPA
SECRETARIO



En la misma fecha se cumplió lo ordenado.



Causa Nº 2C-6126-05
Exp. 20-F47-NN-0411-05






















REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL NUMERO CUATRO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TACHIRA.-

San Cristóbal, 14 de Octubre de 2005
195º 146º

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se hace saber a el ciudadano Fiscal Cuadragésimo Séptimo del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECLARO CON LUGAR LA SOLICITUD DE DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA, interpuesta por el ciudadano ANDRES EUGENIO ROGERS GONZALEZ, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal.

Causa Nº 2C-6126-05
Exp. 20-F47-NN-0411-05

Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.




ABG. CLEOPATRA DEL VALLE AVGERINOS PINEDA
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL



FECHA:__________________FIRMA:_________________HORA:_____________
_________________________________________________________________


PARA EL NOTIFICADO

Se hace saber a el ciudadano Fiscal Cuadragésimo Séptimo del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECLARO CON LUGAR LA SOLICITUD DE DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA, interpuesta por el ciudadano ANDRES EUGENIO ROGERS GONZALEZ, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal.

Causa Nº 2C-6126-05
Exp. 20-F47-NN-0411-05


“1805-2005 Bicentenario del juramento del libertador Simón Bolívar en Monte Sacro”



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO CUATRO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TACHIRA.-

San Cristóbal, 14 de Octubre de 2005
195º 146º

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se hace saber al ciudadano ANDRES EUGENIO ROGERS GONZALEZ, en su carácter de victima, que podrá ser localizado en la Vía principal el Torbes, sector el Salado, vía casa España, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECLARO CON LUGAR LA SOLICITUD DE DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal.

Causa Nº 2C-6126-05
Exp. 20-F47-NN0411-05

Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.




ABG. CLEOPATRA DEL VALLE AVGERINOS PINEDA
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL


FECHA:__________________FIRMA:_________________HORA:_____________
_________________________________________________________________


PARA EL NOTIFICADO

Se hace saber al ciudadano ANDRES EUGENIO ROGERS GONZALEZ, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECLARO CON LUGAR LA SOLICITUD DE DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal.



Causa Nº 2C-6126-05
Exp. 20-F47-NN0411-05


“1805-2005 Bicentenario del juramento del libertador Simón Bolívar en Monte Sacro”