REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN, RAFAEL Y URDANETA

GADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Rubio, Veinticuatro de Octubre de Dos Mil Cinco.
195° y 146°
Vista el Acto Conciliatorio celebrado en fecha 04 de octubre de 2005 (fl. 10), en donde estuvo presente solo la parte obligada Ciudadano: ALFONSO ROMULO GÓMEZ MENESES, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 13.821.102, en el cual manifiesta estar de acuerdo con el monto solicitado por la Ciudadana: YARASI AILE MENDOZA MORAN, en beneficio de los Niños: YAROL NAUXLOVY y YAIRON CRISTOPHER ALFONSO GÓMEZ MENDOZA; y la solicitante por diligencia de fecha 13 de octubre de 2005 (fl. 11), manifiesta su conformidad con la Pensión establecida. En consecuencia este Tribunal acuerda de conformidad al artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente otorgarle su HOMOLOGACIÓN, a fin que se proceda como Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley. CUMPLASE.
Dada, Sellada, Firmada y Refrendada en el Despacho del Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
(LS) (FDO) Firma Ilegible. En letra de imprenta se lee. El Juez Temporal. Abg. EDGAR ENRIQUE MORALES RAMÍREZ. (FDO) Firma Ilegible. En letra de imprenta se lee. La Secretaria, Abg. INAY TUPANO ALVAREZ

En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal.