REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL


JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PANAMERICANO, SAMUEL DARÍO MALDONADO Y SIMON RODRÍGUEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
SENTENCIA INTERLOCUTORIA EXP. No. 933-2005
OBLIGACION ALIMENTARIA


PARTES:
DEMANDANTE: GALVAN GELVEZ ROSMIRA venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 22.632.136, domiciliada en la Tendida Municipio Samuel Darío Maldonado del Estado Táchira.

DEMANDADO: JESUS PASCUAL MOLINA SANTANA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 12.299.353, domiciliado en Ballalitos, Finca El Paramito, entre caño azul y la tendida Municipio Samuel Darío Maldonado del Estado Táchira.

MOTIVO: OBLIGACION ALIMENTARIA, a favor de los niños: Katiuska Rosmary y Jesús Ronaldo Molina Galván de ocho (8) y tres (3) años de edad.


Se inicia el presente expediente por ante la Fiscalia Décima Tercera con competencia en el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente Civil y Familia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en virtud de haber comparecido por ante la misma previa citación los ciudadanos Jesús Pascual Molina Santana y Galvan Gelvez Rosmira ampliamente identificados, a los fines de llegar a un acuerdo en relación a la obligación alimentaria para sus menores hijos, como se evidenciaba del Acta suscrita por los mismos en fecha 01-06-05, que riela al folio dos (02).

La referida Fiscalia en fecha 06 de Junio de 2.005 y con oficio N°. 20-F13-0460-05 remitió a este despacho constante de cuatro (04) folios útiles lo consignado y realizado en la misma a los fines de Homologación.

Recibiéndose las actuaciones concernientes en este tribunal en fecha 10-06-05, formándose expediente quedando anotado bajo el N°. 933-05 y se hicieron las participaciones correspondientes.

Llegada la oportunidad para decidir este Juzgador pasa hacerlo de la siguiente manera:


Al folio uno 01 riela oficio enviado de la Fiscalia Decimatercera con competencia en el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente y la Familia de esta Circunscripción Judicial.

Al folio dos 02 riela Acta de Obligación Alimentaría realizada en la Fiscalia Decimatercera con competencia en el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente Civil y Familia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.

Al folio tres 03, riela Copia de la Partida de Nacimiento de la niña Katiuska Rosmary.

Al folio cuatro 04 riela copia de la partida de nacimiento del niño Jesús Ronaldo.

Al folio cinco (05) riela auto de entrada del expediente en este Juzgado

Al folio nueve (09) riela diligencia suscrita por el Alguacil del despacho en la que deja constancia que notifico a la defensora del Niño y del Adolescente del Municipio Panamericano.


. PARTE DISPOSITIVA

Por todo lo anteriormente señalado esta Juzgadora de los Municipios Panamericano, Samuel Dario Maldonado y simón Rodríguez de la circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara:

PRIMERO: Por haberse realizado el acto conciliatorio entre las partes y haber llegado el requerido al acuerdo de pasarle a sus menores hijos como Obligación Alimentaria la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES MENSUALES (Bs. 120.000,00), en mercado balanceado, en el mes de agosto el padre comprara uniformes con calzado para cada uno, y la madre los útiles con morral, en el mes de diciembre cada padre vestirá a uno de los hijos, los gastos médicos el 50% cada uno, convinieron igualmente en que dicha obligación sea aumentada en forma automática y proporcional en un porcentaje equivalente al 15% anualmente.
SEGUNDO: Se HOMOLOGA LA PRESENTE CAUSA IMPARTIENDOLE EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA, de conformidad con los artículos 262 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículos 375 del Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, tal y como fue ordenado en el acta que riela al folio DOS (02).

Cúmplase, Regístrese, y Publíquese, déjese copia para el archivo del Tribunal, dado, sellado y firmado en la Sede del Juzgado de los Municipios Panamericano, Samuel Darío Maldonado y Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Coloncito a los veintiún días del mes de octubre de dos mil cinco. 195º Años de la Independencia y 146º de la Federación.

La Juez,

Dra. Soraya C. Aranguren de Zambrano.

La Secretaria

Abg. Maria Esperanza Guerrero Rivas.

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