JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, veintiuno de octubre de dos mil cinco.
195º y 146
-I-
Recibido expediente N° 5157 del extinto Juzgado Segundo de Parroquia de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial; este Tribunal, SE AVOCA al conocimiento de la presente causa, y en base al artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se continúa el proceso en el estado en que se encuentra. A tal efecto, se fija un lapso de tres (03) días de despacho que correrán paralelo a los de la causa en sí, para los efectos del artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, de conformidad con lo dispuesto en Sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Civil, de fecha 24 de enero de 2002.
PRIMERO: El ciudadano GEORGE GIAGTZIDAKIS KARAGIANI, asistido por los abogados Freddy Duque y Freddy Quintero, ocurrieron ante el Juzgado ya citado, para demandar a la Compañía de SEGUROS SOFITASA, en la persona de su representante legal JOSE ALFONSO MENDEZ OROZCO, por Cobro de Bolívares por Accidente de Tránsito, SEGUNDO: El 07 febrero de 1997, fue admitida la demanda, por el procedimiento breve.
-II-
En el juicio civil o mercantil, en cualquier estado y grado de la causa, el demandante puede desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. En este caso el Juez dará por consumado el acto y de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se homologará el desistimiento y se procederá como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada.
En diligencia de fecha 05 de marzo de1997, la parte actora desistió del proceso y de la acción; quien juzga considera que el pedimento formulado resulta jurídicamente procedente de acuerdo a lo previsto en el artículo 265 ejusdem.
-III-
Por las razones expuestas, este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, al desistimiento realizado por la parte actora GIAGTZIDAKIS KARAGIANI GEORGE, asistido por el abogado Freddy Duque, otorgándole su aprobación, en consecuencia, se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA y acuerda:
• Dar por terminado el presente juicio y archivar el expediente.
El Juez temporal,

Juan J. Molina Camacho
La Secretaria,

Cruz M. Díaz G.