JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veinticinco (25) de octubre de dos mil cinco.

AÑOS: 195° y 146°

Visto el desistimiento al procedimiento, realizado en fecha 21 de octubre del presente año, por el abogado en ejercicio CARLOS AUGUSTO CONTRERAS CHACÓN, titular de la cédula de identidad N° V- 13.038.176, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 78.603, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante, ciudadano FERNANDO ANTONIO ROMERO CONTRERAS, titular de la cédula de identidad N° 10.147.053; esta Juzgadora una vez revisado el desistimiento aquí referido, observando que no es contrario a derecho, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Asimismo se ordena el desglose de los documentos insertos a los folios 5, 6 y 7, y su devolución al demandante, dejando en su lugar la correspondiente copia certificada. Para la elaboración de los fotostatos se comisiona amplia y suficientemente al ciudadano LÉON ALFONSO SILVA CÁRDENAS, titular de la cédula de identidad N° V- 5.653.667. Se da por terminado el juicio, en consecuencia, procédase al archivo del expediente. Déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal.



Abg. ANA LOLA SIERRA
Juez Temporal



Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario
En la misma fecha, siendo la una de la tarde (1:00 p.m) se dejó copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal, quedando anotada bajo el N° 60 en el “Libro de Registro de Sentencias”.



Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario

DarcyS.

Exp N° 10.953-05