REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
SALA DE JUICIO

195° Y 146°


Vista la solicitud presentada por la ciudadana RAMIREZ ERLEY YRALIT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.230.690 domiciliada en la Unidad Vecinal Edificio Uribante Apartamento 41, piso 4 San Cristóbal Estado Táchira, debidamente asistida por el abogado en ejercicio FRANKLIN JESUS CENTENO SANCHEZ, en la cual solicita que se le designe a su hija la adolescente ROSANGELICA BERMON RAMIREZ un Curador Ad-Hoc por cuanto contraerá matrimonio, proponiendo para tal cargo al ciudadano FREDDY ORLANDO RAMIREZ. Admitida la solicitud se ordenó oír a la adolescente; oír al ciudadano FREDDY ORLANDO RAMIREZ y notificar a la Fiscal Especializada para la Protección del Niño y del Adolescente, cuya boleta consta debidamente firmada al folio once (11).
En fecha 20 de octubre del 2005 compareció el ciudadano FREDDY ORLANDO RAMIREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-10.175.419 quien acepto el cargo de CURADOR AD HOC de su sobrina la adolescente BERMON RAMIREZ ROSANGELICA y que en esa misma fecha la adolescente ROSANGELICA BERMON RAMIREZ estuvo de acuerdo con que su tío ejerza dicho cargo y manifiesto no tener bienes.
Por todo lo anteriormente expuesto, en consecuencia ésta Jueza Unipersonal N° 1 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DESIGNA al ciudadano FREDDY ORLANDO RAMIREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-10.175.419, para que ejerza el cargo de CURADOR AD HOC de la adolescente ROSANGELICA BERMON RAMIREZ, venezolana, de 12 años de edad según consta del acta de nacimiento N° 2061 expedida por la Prefectura de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira y titular de la cédula de identidad N° V- 21.003.915, a los fines de que la ciudadana ERLEY YRALIT RAMIREZ arriba identificada contraiga matrimonio con el ciudadano JOSE ALFREDO JIMENEZ QUINTERO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-3.897.401 de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil.
Regístrese y Publíquese
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal a los veinticinco días del mes de octubre del dos mil cinco.


ABG. INDIRA RUIZ USECHE
Jueza Unipersonal N° 1



ABG. ANDREINA DUQUE CASIQUE
Secretaria



En la misma fecha se publicó, siendo las once y treinta de la mañana y se entregó copia certificada a la parte solicitante.